Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Solar. (2023064356)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Gandasolar 16, SL, para la instalación fotovoltaica "CSF ARCO I", ubicada en el término municipal de Malpartida de Cáceres (Cáceres), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/03/22.
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NÚMERO 244
Viernes 22 de diciembre de 2023

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Recorrido de la línea 45 kV:
Polígono 1, parcelas 9, 9004, 25, 3005, 9006, 3004, 42, 9005 y 3003; Polígono 6, parcelas 105, 9001, 14 y 9008; Polígono 7, parcelas 9, 9009, 10, 9010, 4 y 9001; Polígono
8, parcelas 6, 9001, 4, 9003, 2, 3 y 9004; Polígono 9, parcelas 1 y 9001; Polígono 10,
parcelas 9027, 14, 9001, 281 y 280, del término municipal de Malpartida de Cáceres.


Polígono 14 parcela 25 del término municipal de Casar de Cáceres.

Polígono 25, parcelas 42, 40, 9001, 38, 35, 57, 56, 48, 49, 9041, 10049, 9045, 10177,
9003, 180, 9032 y 181; Polígono 24, parcelas 9058, 208, 205, 209, 212, 9008, 279,
9001, 220, 263, 9003, 262, 265, 221 y 226; Calle La Calzada; Polígono 23, parcelas
9028, 129, 127, 9017, 128, 130, 199, 9018, 123, 9024, 121, 9019, 103, 101, 102,
99, 9022, 78, referencia catastral 10900A023000780000MO,6902203QD2760D0001Y
M,902201QD2760D0001AM, Ctra. EX206, Ronda Sudeste. Polígono 21, parcelas 9052,
9053, 9033, 352, 354, 385, 543, 394, 9044, 638, 639, 404, 403, 9048, 397, 400,
20399, 9042, 447, 445, 451, 452, 453, 458, 9039, 654, 210, 212, 213, 9036, 217,
191, 9001, 5, 3, 2, 680; Referencia catastral 7335701QD2773E0001TK del término
municipal de Cáceres.
Presupuesto total de ejecución material del proyecto: 28.692.655,33 €.
Finalidad: Instalación de producción de energía eléctrica solar fotovoltaica e infraestructura eléctrica de evacuación asociada.
La autorización administrativa previa se otorga bajo las siguientes condiciones:
La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
La presente autorización se otorga sin perjuicio de terceros y dejando a salvo los derechos
particulares, e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros, necesarios para la realización de las obras de las
instalaciones.
La presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida en
alzada ante la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución,