Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023064325)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la modificación no sustancial de la autorización ambiental integrada, presentada por la Sociedad Cooperativa La Encina, de la Resolución concedida en fecha 2 de octubre de 2020.
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NÚMERO 244

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Viernes 22 de diciembre de 2023

medio ambiente ya que no supone un incremento significativo de emisiones a la atmósfera,
de vertidos a cauces públicos, de generación de residuos, de utilización de recursos naturales,
afección a Espacios Protegidos Red Natura 2000, ni una afección al patrimonio cultural.
El artículo 89.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, dispone que “Si se determinara que la modificación del proyecto
no tuviera efectos adversos sobre el medio ambiente, el órgano ambiental, en su caso, actualizará el condicionado del informe de impacto ambiental emitido en su día para el proyecto,
incorporando las nuevas medidas correctoras, protectoras o compensatorias que se consideren procedente u oportunas”.
Dado que, en el presente caso, la modificación del proyecto no va a tener efectos adversos
sobre el medio ambiente, mediante el presente informe se procede a actualizar el condicionado de la resolución de impacto ambiental de fecha 16 de julio de 2020.
La ejecución y explotación de las instalaciones, infraestructuras y equipos incluidas en las
modificaciones proyectadas se llevará a cabo con estricta sujeción a las medidas preventivas,
correctoras y compensatorias recogidas en la resolución de impacto ambiental emitido en su
día para el proyecto de industria dedicada a la limpieza y seleccionado de cereal promovido
por Sociedad Cooperativa La Encina en el término municipal de Campanario, teniendo en
cuenta lo dispuesto en el párrafo anterior.
La presente resolución no podrá ser objeto de recurso alguno, sin perjuicio de los que, en su
caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto, en su caso, de autorización del
proyecto.
La presente resolución se emite a los solos efectos ambientales y en virtud de la legislación
específica vigente, sin perjuicio de aquellas otras autorizaciones sectoriales o licencias que
sean necesarias para la ejecución del proyecto.
Mérida, 13 de noviembre de 2023.
El Director General de Sostenibilidad,
GERMÁN PUEBLA OVANDO