Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064311)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de ampliación de centro autorizado de recepción y descontaminación de vehículos, cuyo promotor es Javier Gómez Rodríguez, en el término municipal de Azuaga. Expte.: IA21/1876.
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Viernes 22 de diciembre de 2023



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— En todo caso, en los almacenamientos de sustancias y preparados líquidos, de entre
los indicados, se dispondrá de sistema impermeable y estanco de recogida de fugas
y derrames.

c. Programa de vigilancia y seguimiento ambiental.


— El promotor deberá disponer de un programa de vigilancia ambiental que deberá
contener, al menos, un informe anual sobre el seguimiento de las medidas incluidas
en el informe de impacto ambiental.



— En base al resultado de estos informes se podrán exigir medidas correctoras suplementarias para corregir las posibles deficiencias detectadas, así como otros aspectos
relacionados con el seguimiento ambiental no recogidos inicialmente.

d. O
 tras disposiciones.


— Se desarrollará la actividad cumpliendo todas las condiciones de garantía, seguridad
y sanitarias impuestas por las disposiciones vigentes.



— En caso de situaciones anormales de explotación que puedan afectar al medio ambiente, se deberá:



— Comunicar la situación a la Dirección General de Sostenibilidad en el menor tiempo
posible, sin perjuicio de la correspondiente comunicación por vía ordinaria.



— Adoptar las medidas necesarias para volver a la situación normal de funcionamiento
en el plazo más breve posible.



— La Dirección General de Sostenibilidad podrá adoptar de oficio nuevas medidas protectoras, correctoras y/o complementarias, al objeto de paliar posibles impactos ambientales no detectados en la fase de evaluación de impacto ambiental del proyecto.

Teniendo en cuenta todo ello, así como la no afección del proyecto a espacios de la Red Natura
2000, se informa que, de acuerdo con la evaluación de impacto ambiental simplificada practicada conforme a lo previsto en la subsección 2.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título
I, tras el análisis realizado con los criterios del anexo X de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no es previsible que el
proyecto “ampliación centro autorizado de recepción y descontaminación de vehículos”, cuyo
promotor es Javier Gómez Rodríguez, en el término municipal de Azuaga” vaya a producir impactos adversos significativos sobre el medio ambiente, y por tanto, no se considera necesario
su sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria.