Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Admisión Del Alumnado. (2023064362)
Resolución de 18 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convoca el procedimiento para la admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso escolar 2024/2025.
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NÚMERO 244
Viernes 22 de diciembre de 2023
65071
f) Procedimiento de reclamación.
g) Periodo de matriculación.
h) P
royectos y programas del centro.
i) Profesionales específicos de apoyo con que cuenta el centro.
j) Niveles de enseñanzas que impartan, así como los servicios complementarios y otros de
carácter voluntario que ofrecen, con indicación del régimen económico de los mismos y
de la correspondiente aprobación en los casos que sea preceptiva.
k) Sede de la comisión de escolarización y sede de la Inspección de Educación de la Delegación Provincial de Educación.
l) Ubicación y horario de funcionamiento de la oficina de escolarización, en el caso de que
exista en la localidad.
m) Dirección web del Portal de Escolarización de la Consejería de Educación, Ciencia y
Formación Profesional: https://www.educarex.es/escolarizacion.
3. P
ara el curso 2024/2025, las Oficinas de Escolarización que estarán a disposición de los
padres, madres, tutores legales o quienes ejerzan la guarda y/o acogimiento del alumnado
o a este si es mayor de edad, son las que se detallan en el anexo VI. Las funciones de estas
oficinas de escolarización son las recogidas en artículo 4.4 del Decreto 128/2021, de 17 de
noviembre los días de atención al público y el horario de estas será publicado en el portal
de escolarización: https://www.educarex.es/escolarizacion
Séptimo. Cálculo y revisión del precio público a satisfacer en las Escuelas Infantiles
dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
1. E
starán obligados al pago del precio público mensual fijado los padres, madres, tutores
legales o quienes ejerzan la guarda y/o acogimiento del menor beneficiario de los servicios
prestados en las Escuelas Infantiles dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y
Formación Profesional para el primer ciclo de Educación Infantil.
2. Para el cálculo de la cuantía del precio público a satisfacer de la correspondiente cuota por
prestación de servicios en el primer ciclo de Educación Infantil en las Escuelas Infantiles
dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional será de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en materia de precios públicos de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y conforme con la documentación justificativa.
Viernes 22 de diciembre de 2023
65071
f) Procedimiento de reclamación.
g) Periodo de matriculación.
h) P
royectos y programas del centro.
i) Profesionales específicos de apoyo con que cuenta el centro.
j) Niveles de enseñanzas que impartan, así como los servicios complementarios y otros de
carácter voluntario que ofrecen, con indicación del régimen económico de los mismos y
de la correspondiente aprobación en los casos que sea preceptiva.
k) Sede de la comisión de escolarización y sede de la Inspección de Educación de la Delegación Provincial de Educación.
l) Ubicación y horario de funcionamiento de la oficina de escolarización, en el caso de que
exista en la localidad.
m) Dirección web del Portal de Escolarización de la Consejería de Educación, Ciencia y
Formación Profesional: https://www.educarex.es/escolarizacion.
3. P
ara el curso 2024/2025, las Oficinas de Escolarización que estarán a disposición de los
padres, madres, tutores legales o quienes ejerzan la guarda y/o acogimiento del alumnado
o a este si es mayor de edad, son las que se detallan en el anexo VI. Las funciones de estas
oficinas de escolarización son las recogidas en artículo 4.4 del Decreto 128/2021, de 17 de
noviembre los días de atención al público y el horario de estas será publicado en el portal
de escolarización: https://www.educarex.es/escolarizacion
Séptimo. Cálculo y revisión del precio público a satisfacer en las Escuelas Infantiles
dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
1. E
starán obligados al pago del precio público mensual fijado los padres, madres, tutores
legales o quienes ejerzan la guarda y/o acogimiento del menor beneficiario de los servicios
prestados en las Escuelas Infantiles dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y
Formación Profesional para el primer ciclo de Educación Infantil.
2. Para el cálculo de la cuantía del precio público a satisfacer de la correspondiente cuota por
prestación de servicios en el primer ciclo de Educación Infantil en las Escuelas Infantiles
dependientes de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional será de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en materia de precios públicos de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y conforme con la documentación justificativa.