Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064310)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad de Municipios Comarca de Trujillo para el funcionamiento y mantenimiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
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NÚMERO 244
Viernes 22 de diciembre de 2023

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cio a los municipios de la Mancomunidad adheridos al mismo, constituyendo este objeto una
finalidad pública.
Segunda. Ámbito territorial.
El ámbito territorial afectado por el presente convenio quedará conformado por los municipios, entidades locales menores y pedanías que se relacionan a continuación y que van a
recibir el servicio a prestar por la OTUDTS:
Municipios, ELM y
pedanías:

La Aldea del Obispo, Conquista de la Sierra, La Cumbre, Garciaz,
Herguijuela, Ibahernando, Jaraicejo, Madroñera, Puerto de Santa Cruz,
Robledillo de Trujillo, Santa Cruz de la Sierra, Santa Marta de Magasca,
Torrecillas de la Tiesa y Trujillo

Mediante adenda al presente Convenio y con la conformidad de todas las partes intervinientes, podrán adherirse o excluirse los municipios, entidades locales menores o pedanías que,
perteneciendo a la Mancomunidad, así lo soliciten.
De manera excepcional, podrá solicitar la adhesión al presente Convenio algún municipio,
entidad local menor o pedanía que aún no estando mancomunado desee recibir el servicio a
prestar por la OTUDTS, reflejándose en el acuerdo de adhesión las condiciones para la prestación del mismo, que en ningún caso podrá suponer un perjuicio o retrasos en el servicio a
prestar por la oficina.
Las entidades que se adhieran asumirán todas las obligaciones establecidas en el presente
convenio.
Tercera. Obligaciones y funciones de la OTUDTS y de la Mancomunidad.
Para el cumplimiento del objeto del presente convenio la OTUDTS tendrá las siguientes funciones y obligaciones en materia de Urbanismo y Ordenación del Territorio:
1. P
 restar asistencia técnica y jurídica a los municipios en materias relacionadas con la
ordenación, gestión y disciplina urbanística y territorial, vivienda, habitabilidad, accesibilidad y movilidad, así como la resolución de cuantas consultas en la materia le fueren
formuladas. Todo ello en coordinación con la labor que desarrollen los técnicos municipales que pudieran tener los propios Ayuntamientos.
2. L
 a OTUDTS, como servicio de asistencia de la Mancomunidad, podrá ser requerida por
los municipios, para la tramitación de procedimientos administrativos en las materias
señaladas en el párrafo anterior. La realización de esa solicitud por parte de un municipio en concreto requerirá la existencia o disponibilidad del personal mínimo necesario