Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064310)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad de Municipios Comarca de Trujillo para el funcionamiento y mantenimiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
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NÚMERO 244
Viernes 22 de diciembre de 2023
64895
CONVENIO INTERADMINISTRATIVO ENTRE LA CONSEJERÍA DE
INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA Y LA MANCOMUNIDAD
DE MUNICIPIOS COMARCA DE TRUJILLO PARA EL FUNCIONAMIENTO
Y MANTENIMIENTO DE UNA OFICINA TÉCNICA DE URBANISMO Y
DESARROLLO TERRITORIAL SOSTENIBLE
Mérida, 25 de octubre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, D. Manuel Martín Castizo, en su calidad de Consejero de Infraestructuras,
Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, en virtud de Decreto de la Presidenta
24/2023, de 20 de julio (DOE n.º 140, de 21 de julio), actuando en representación de la misma, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas y previa autorización del Consejo de
Gobierno en Sesión celebrada el 3 de octubre de 2023.
Y de otra, D. Antonio Ruiz Gómez, en su calidad de Presidente de la Mancomunidad de Municipios Comarca de Trujillo, cargo que ostenta en virtud de nombramiento efectuado en
Asamblea General el día 15/09/2023, actuando en representación de la misma, con NIF
P1000031C, y en virtud de las atribuciones que tiene conferidas.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad para obligarse en los términos del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero. El artículo 148.1 regla 3.ª de la Constitución establece que las comunidades autónomas pueden asumir competencias en materias como la ordenación del territorio y el
urbanismo. En ejecución de dicha habilitación el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura en su artículo 9.1, regla 31 y 32, establece que la Comunidad Autónoma ostenta competencia exclusiva en las materias de ordenación del territorio, urbanismo y
vivienda, correspondiendo su ejercicio a la Consejería de Infraestructura, Transporte y Vivienda, en virtud de lo establecido en el Decreto 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican
la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuyendo el Decreto 77/2023, de 21 de julio,
por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura el ejercicio de las funciones en materia de ordenación territorial y
urbanística a la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana
y Agenda Urbana, que se integra en la Consejería de Infraestructura, Transporte y Vivienda
En este marco competencial se aprueba la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación
Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura (en adelante LOTUS), con el objeto de
Viernes 22 de diciembre de 2023
64895
CONVENIO INTERADMINISTRATIVO ENTRE LA CONSEJERÍA DE
INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA Y LA MANCOMUNIDAD
DE MUNICIPIOS COMARCA DE TRUJILLO PARA EL FUNCIONAMIENTO
Y MANTENIMIENTO DE UNA OFICINA TÉCNICA DE URBANISMO Y
DESARROLLO TERRITORIAL SOSTENIBLE
Mérida, 25 de octubre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, D. Manuel Martín Castizo, en su calidad de Consejero de Infraestructuras,
Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura, en virtud de Decreto de la Presidenta
24/2023, de 20 de julio (DOE n.º 140, de 21 de julio), actuando en representación de la misma, en virtud de las atribuciones que tiene conferidas y previa autorización del Consejo de
Gobierno en Sesión celebrada el 3 de octubre de 2023.
Y de otra, D. Antonio Ruiz Gómez, en su calidad de Presidente de la Mancomunidad de Municipios Comarca de Trujillo, cargo que ostenta en virtud de nombramiento efectuado en
Asamblea General el día 15/09/2023, actuando en representación de la misma, con NIF
P1000031C, y en virtud de las atribuciones que tiene conferidas.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad para obligarse en los términos del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero. El artículo 148.1 regla 3.ª de la Constitución establece que las comunidades autónomas pueden asumir competencias en materias como la ordenación del territorio y el
urbanismo. En ejecución de dicha habilitación el Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura en su artículo 9.1, regla 31 y 32, establece que la Comunidad Autónoma ostenta competencia exclusiva en las materias de ordenación del territorio, urbanismo y
vivienda, correspondiendo su ejercicio a la Consejería de Infraestructura, Transporte y Vivienda, en virtud de lo establecido en el Decreto 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican
la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, atribuyendo el Decreto 77/2023, de 21 de julio,
por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura el ejercicio de las funciones en materia de ordenación territorial y
urbanística a la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana
y Agenda Urbana, que se integra en la Consejería de Infraestructura, Transporte y Vivienda
En este marco competencial se aprueba la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de Ordenación
Territorial y Urbanística Sostenible de Extremadura (en adelante LOTUS), con el objeto de