Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064313)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad Intermunicipal de La Vera para el funcionamiento y mantenimiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
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NÚMERO 244
Viernes 22 de diciembre de 2023

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Cuando dentro del periodo de vigencia del convenio, el personal de las OTUDTS cause baja
o se produzca un incremento del número de profesionales, la Mancomunidad procederá a la
cobertura del puesto de trabajo en los términos establecidos en la Ley 17/2010, de 22 de
diciembre, de Mancomunidades y Entidades Locales Menores de Extremadura, la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público y demás normativa estatal y autonómica vigente que le sea de aplicación.
La selección del personal que haya de adscribirse a la OTUDTS, de forma general o en el supuesto indicado en el párrafo anterior, se realizará mediante un procedimiento selectivo que
conste al menos de dos pruebas objetivas de carácter eliminatorio, una de las cuales tendrá
carácter práctico. En los procedimientos selectivos deberán garantizarse los principios de
igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
Las convocatorias habrán de tener la publicidad que exijan las normas que regulen el ingreso
del personal al servicio de la Administración Local. El texto íntegro de las bases de los procesos de selección y de cada uno de los trámites vinculados a los mismos, se podrá consultar en
la página web de la Mancomunidad para conocimiento de los interesados y aspirantes.
Con carácter previo a la convocatoria de los procesos selectivos, la Mancomunidad deberá dar
traslado a la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana de
las bases de la convocatoria, con el fin de comprobar su adecuación al convenio.
Entre los miembros del tribunal de selección de personal para la OTUDTS, deberá figurar como
mínimo un representante de la Junta de Extremadura, que actuará como vocal, designado
por el Servicio de Régimen Jurídico de Administración Local (D. Gral. de Administración Local
adscrita a Presidencia de la Junta de Extremadura), preferentemente de la Dirección General
de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, además, deberá asistir en calidad
de asesor, al menos uno de los miembros del equipo de coordinación de las OTUDTS, dependiente de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, que
tendrá voz pero no voto.
Terminado el proceso selectivo, se habrá de constituir una bolsa de trabajo con los aspirantes
que, habiendo superado al menos la primera prueba, no hubieran superado el proceso selectivo. El orden de prelación en la misma vendrá determinado por la puntuación obtenida en el
mismo.
Cuando, dentro del periodo de vigencia del convenio, se diere alguno de los supuestos de suspensión del contrato de trabajo del personal adscrito a la OTUDTS y vinculado a este convenio,
o tuviera lugar la extinción del mismo, la Mancomunidad procederá a la cobertura de la baja
mediante el llamamiento de aspirantes que se encontraran en la bolsa de trabajo constituida
al efecto por la propia Mancomunidad.