Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064308)
Resolución de 14 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda y la Mancomunidad Comarca de Olivenza para el funcionamiento y mantenimiento de una Oficina Técnica de Urbanismo y Desarrollo Territorial Sostenible.
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NÚMERO 244
Viernes 22 de diciembre de 2023
64861
Es del interés de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de los municipios concernidos
la financiación conjunta del mantenimiento y funcionamiento de una OTUDTS para la puesta
a disposición de los correspondientes municipios de los medios de que precisan en orden al
adecuado ejercicio de sus competencias en esta materia de interés y finalidad pública
Quinto. El urbanismo es un campo en el que concurren competencias asumidas como propias
tanto por la Administración Autonómica como por la Municipal.
Por ello, resulta obligado buscar vías de colaboración que permitan optimizar el uso de los
recursos públicos y el debido funcionamiento de los mismos. Numerosas son las determinaciones que a tal efecto recoge la Ley 11/2018, de 21 de diciembre LOTUS, entre los que podemos destacar el Artículo 4.º “Coordinación de competencias y cooperación y la Disposición
Adicional 9ª “Apoyo y asistencia a los municipios”, para que puedan desarrollar las competencias que tienen atribuidas en la materia.
Sexto. En atención a lo expuesto, los principios generales que aborda el nuevo texto normativo se encuentra el principio de autonomía municipal, con el objeto de apoyar la autonomía
municipal, y dada la complejidad y responsabilidades derivadas del urbanismo, la Junta de
Extremadura se ha comprometido en el impulso, la consolidación y desarrollo de las OTUDTS
de ámbito supramunicipal. En este sentido, el Decreto 50/2016, de 26 de abril ya incorporó a
la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio representantes coordinadores de estas
OTUDTS financiadas por la Junta de Extremadura.
Por todo lo expuesto, en aras de los intereses concurrentes expuestos, ambas partes acuerdan materializar su colaboración mediante la firma del presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura (en lo sucesivo Consejería) y la
Mancomunidad Comarca de Olivenza (en lo sucesivo Mancomunidad), con NIF P0600014E,
para atender adecuadamente al cumplimiento de sus respectivas competencias en materia
de ordenación, gestión y disciplina urbanística y territorial, vivienda, habitabilidad, accesibilidad y movilidad (artículo 4.5 del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se
aprueba el reglamento General de la Ley de Ordenación Territorial y Urbanística sostenible
de Extremadura).
El desarrollo de las actuaciones se llevará cabo mediante el funcionamiento y mantenimiento
de una OTUDTS dedicada al desarrollo de las competencias mencionadas, que prestará servi-
Viernes 22 de diciembre de 2023
64861
Es del interés de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de los municipios concernidos
la financiación conjunta del mantenimiento y funcionamiento de una OTUDTS para la puesta
a disposición de los correspondientes municipios de los medios de que precisan en orden al
adecuado ejercicio de sus competencias en esta materia de interés y finalidad pública
Quinto. El urbanismo es un campo en el que concurren competencias asumidas como propias
tanto por la Administración Autonómica como por la Municipal.
Por ello, resulta obligado buscar vías de colaboración que permitan optimizar el uso de los
recursos públicos y el debido funcionamiento de los mismos. Numerosas son las determinaciones que a tal efecto recoge la Ley 11/2018, de 21 de diciembre LOTUS, entre los que podemos destacar el Artículo 4.º “Coordinación de competencias y cooperación y la Disposición
Adicional 9ª “Apoyo y asistencia a los municipios”, para que puedan desarrollar las competencias que tienen atribuidas en la materia.
Sexto. En atención a lo expuesto, los principios generales que aborda el nuevo texto normativo se encuentra el principio de autonomía municipal, con el objeto de apoyar la autonomía
municipal, y dada la complejidad y responsabilidades derivadas del urbanismo, la Junta de
Extremadura se ha comprometido en el impulso, la consolidación y desarrollo de las OTUDTS
de ámbito supramunicipal. En este sentido, el Decreto 50/2016, de 26 de abril ya incorporó a
la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio representantes coordinadores de estas
OTUDTS financiadas por la Junta de Extremadura.
Por todo lo expuesto, en aras de los intereses concurrentes expuestos, ambas partes acuerdan materializar su colaboración mediante la firma del presente convenio, que se regirá por
las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre la Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura (en lo sucesivo Consejería) y la
Mancomunidad Comarca de Olivenza (en lo sucesivo Mancomunidad), con NIF P0600014E,
para atender adecuadamente al cumplimiento de sus respectivas competencias en materia
de ordenación, gestión y disciplina urbanística y territorial, vivienda, habitabilidad, accesibilidad y movilidad (artículo 4.5 del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se
aprueba el reglamento General de la Ley de Ordenación Territorial y Urbanística sostenible
de Extremadura).
El desarrollo de las actuaciones se llevará cabo mediante el funcionamiento y mantenimiento
de una OTUDTS dedicada al desarrollo de las competencias mencionadas, que prestará servi-