Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Convenios Colectivos. (2023064324)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de la empresa URBASER, SA, con su personal adscrito al servicio de limpieza viaria y recogida de residuos sólidos urbanos de Navalmoral de la Mata.
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NÚMERO 244
Viernes 22 de diciembre de 2023

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Excedencia voluntaria.
Los trabajadores, con al menos un año de antigüedad en la empresa, tendrán derecho a que
se les reconozca la posibilidad de situarse en excedencia voluntaria por un plazo no menor
a un mes y no mayor a cinco años. Este derecho sólo podrá ser ejercitado de nuevo por el
mismo trabajador si hubieran transcurrido un año desde el final de la anterior excedencia.
El personal excedente conserva sólo un derecho preferente al reingreso en las vacantes de
igual o similar función, tarea o especialidad a la suya, que hubieran o se produjeran en la
empresa, y siempre que lo solicite con al menos un mes de antelación al término de la excedencia.
Por cuidado de hijos.
Los trabajadores tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres
años para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por
adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque
éstos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución
judicial o administrativa.
Si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto/a
causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa.
Cuando un nuevo sujeto/a causante diera derecho a un nuevo periodo de excedencia, el inicio
de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando.
El período en que el trabajador permanezca en situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo será computable a efectos de antigüedad. Durante el primer año tendrá
derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo, la reserva quedará
referida a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional, área funcional y/o especialidad
profesional equivalente.
Durante el período de excedencia el trabajador no podrá prestar sus servicios en otra empresa
que se dedique a la misma actividad. Si así lo hiciera, perderá automáticamente su derecho
de reingreso.
En las excedencias pactadas se estará a lo que establezcan las partes.
Disposición adicional primera.
En el redactado del presente Convenio Colectivo se hará uso del género neutro ya que se ha
utilizado el masculino como genérico para englobar a trabajadores y trabajadoras, sin que