Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064252)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y José Luis Guillén Serrano para el ciclo formativo de Grado Medio en Gestión Administrativa del IES Albarregas de Mérida.
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NÚMERO 243
64667
Jueves 21 de diciembre de 2023
b. F
uerza mayor que imposibilite el desarrollo de las actividades programadas.
c. Incumplimiento de las cláusulas establecidas en el Convenio de colaboración, inadecuación pedagógica de las actividades formativas programadas o vulneración de las normas
que, en relación con la realización de las actividades programadas, estén en cada caso
vigentes.
Igualmente se podrá rescindir para un determinado alumno, alumna o grupo de estudiantes,
por cualquiera de las partes firmantes, y ser excluido de su participación en el Convenio por
decisión unilateral del centro educativo, de la empresa colaboradora, o conjunta de ambos,
en los siguientes supuestos:
a. Faltas repetidas de asistencia y/o puntualidad no justificadas, previa audiencia del
interesado.
b. A
ctitud incorrecta o falta de aprovechamiento, previa audiencia del interesado.
El Secretario General de la Consejería de
Educación, Ciencia y Formación Profesional
(PD, Resolución de 9 de agosto de 2023,
DOE núm. 156, de 14 de agosto),
D. FRANCISCO EUGENIO POZO PITEL
El representante legal de
José Luis Guillén Serrano,
D. JOSÉ LUIS GUILLÉN SERRANO
64667
Jueves 21 de diciembre de 2023
b. F
uerza mayor que imposibilite el desarrollo de las actividades programadas.
c. Incumplimiento de las cláusulas establecidas en el Convenio de colaboración, inadecuación pedagógica de las actividades formativas programadas o vulneración de las normas
que, en relación con la realización de las actividades programadas, estén en cada caso
vigentes.
Igualmente se podrá rescindir para un determinado alumno, alumna o grupo de estudiantes,
por cualquiera de las partes firmantes, y ser excluido de su participación en el Convenio por
decisión unilateral del centro educativo, de la empresa colaboradora, o conjunta de ambos,
en los siguientes supuestos:
a. Faltas repetidas de asistencia y/o puntualidad no justificadas, previa audiencia del
interesado.
b. A
ctitud incorrecta o falta de aprovechamiento, previa audiencia del interesado.
El Secretario General de la Consejería de
Educación, Ciencia y Formación Profesional
(PD, Resolución de 9 de agosto de 2023,
DOE núm. 156, de 14 de agosto),
D. FRANCISCO EUGENIO POZO PITEL
El representante legal de
José Luis Guillén Serrano,
D. JOSÉ LUIS GUILLÉN SERRANO