Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023064236)
Resolución de 8 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de modificación sustancial de la autorización ambiental integrada de una explotación porcina, de la que Explotaciones Porcinas El Berrocal, SL, es titular, en el término municipal de Mérida.
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NÚMERO 242

64460

Miércoles 20 de diciembre de 2023

CONTAMINANTE

VLE

Partículas

30 mg/Nm3

Dióxido de azufre, SO2

200 mg/Nm3

Monóxido de carbono, CO

100 mg/Nm3

Óxidos de nitrógeno, NOX (expresados como dióxido de nitrógeno, NO2)

400 mg/Nm3

Sustancias orgánicas en estado gaseoso, COT

20 mg/Nm3

Estos valores límite de emisión serán valores medios, medidos siguiendo las prescripciones
establecidas en el apartado -h- de esta resolución. Además, están expresados en unidades
de masa de contaminante emitidas por unidad de volumen total de gas residual liberado
expresado en metros cúbicos medidos en condiciones normales de presión y temperatura
(101,3 kPa y 273 K), previa corrección del contenido en vapor de agua y referencia a un
contenido de oxígeno por volumen en el gas residual del 11%.
3. P
 ara el foco establecido se adoptarán las siguientes medidas correctoras:
— Deberá disponer de, al menos, un quemador auxiliar que se pondrá en marcha automáticamente cuando la temperatura de los gases de combustión, tras la última inyección
de aire de combustión, descienda por debajo de 850 °C. Este quemador también deberá utilizarse durante las operaciones de puesta en marcha y parada de la instalación
a fin de que la temperatura de 850 °C se mantenga en todo momento durante estas
operaciones mientras haya materiales no incinerados en la cámara donde se efectúa la
incineración.
— La instalación tendrá y utilizará un sistema automático que impida la alimentación de
sandach en la puesta en marcha, hasta que se hayan alcanzado los 850 ºC o cuando no
se mantenga dicha temperatura.
— Deberá obtenerse un grado de incineración tal que el contenido de carbono orgánico
total de las escorias y cenizas sea inferior al 3 % o su pérdida sea inferior al 5 % del
peso seco de la materia.
— Deberán utilizarse técnicas de seguimiento de los parámetros y condiciones relacionadas con el proceso de incineración. Los resultados de las mediciones de temperatura se
registrarán y presentarán de forma adecuada, a efectos de comprobar el cumplimiento
de las condiciones de explotación autorizadas.