Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064233)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y Vegenat Healthcare, SL, para los ciclos formativos de Grado Medio en Mantenimiento Electromecánico y de Grado Superior en Mecatrónica Industrial del Colegio Virgen de Guadalupe de Badajoz.
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NÚMERO 242
Miércoles 20 de diciembre de 2023

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□ Test psicotécnicos por la empresa colaboradora y/o centro educativo.
□ R econocimiento médico.
□X O tros (especificar): calificaciones, asistencia a clase, actitud, esfuerzo y motivación del
alumnado, consideraciones a tener en cuenta para determinar su incorporación o no a
la empresa o centro de trabajo.
Decimocuarta. El alumnado de Formación Profesional Dual no tendrán derecho a recibir beca
alguna por la realización de las actividades formativas en Vegenat Healthcare, SL
Decimoquinta. En todo momento el alumnado irá provisto en la empresa del DNI y tarjeta
de identificación del centro educativo.
Decimosexta. Los estudiantes participantes en los proyectos de Formación Profesional Dual
del sistema educativo habrán de someterse al proceso de selección fijado en este Convenio
de colaboración.
Decimoséptima. Los estudiantes y tutores legales, en su caso, deberán adoptar, suscribiendo el modelo normalizado establecido al efecto (Anexo IV), el compromiso de cumplir
las condiciones del proyecto y de la empresa participante establecidas en el Convenio de
colaboración.
Decimoctava. Se establece formación complementaria:

□X N o.
□ S í

1

(especificar):

Decimonovena. Este Convenio entra en vigor desde el momento de la firma del mismo y
tendrá una duración de dos años.
Vigésima. En lo no contemplado en el Convenio y sus Anexos será de aplicación el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, y demás normativa de aplicación.
Vigésimo primera. El presente Convenio podrá extinguirse por mutuo acuerdo, por expiración del tiempo convenido o por denuncia de cualquiera de las partes, que será comunicada a
la otra con una antelación mínima de treinta días, arbitrándose en todo caso por la empresa
las medidas necesarias para que el alumnado que haya iniciado el proyecto en modalidad dual
pueda completarlo, hasta la obtención del título y que estén en todo caso basadas en alguna
de las siguientes causas:
a. Cese de actividades del centro educativo o de la empresa colaboradora.

1

Su desarrollo se concreta en el programa de formación.