Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Enseñanzas Deportivas. (2023064239)
Resolución de 12 de diciembre de 2023, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan las pruebas de carácter específico para el acceso al ciclo final del Grado Medio de las enseñanzas conducentes al título de Técnico Deportivo en Barrancos, Escalada y Media Montaña para el curso 2023/2024.
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NÚMERO 242
Miércoles 20 de diciembre de 2023

64488

RESUELVO:
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto convocar la prueba de carácter específico para el acceso al ciclo final del Grado Medio de las enseñanzas deportivas de régimen especial en las
especialidades de Barrancos, Escalada y Media Montaña para el curso 2023-2024.
Segundo. Solicitud de participación, plazo y lugar de presentación.
1.Los aspirantes a las pruebas de acceso de carácter específico al ciclo final del Grado Medio
de las enseñanzas deportivas de régimen especial de las especialidades de Barrancos, Escalada y Media Montaña deberán presentar las solicitudes, según el modelo que se adjunta
como anexo I a esta resolución, en la Secretaría del IES “Al-Qazeres”, de Cáceres, o dirigidas a ésta a través de las Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía integradas en el Sistema de
Registro Único de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de sus
organismos públicos vinculados o dependientes, establecido en el Decreto 257/2009, de 18
de diciembre, por el que se implanta un sistema de registro único y se regulan las funciones
administrativas del mismo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
O, por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También podrá presentarse de forma telemática a través del registro electrónico general de
Sede electrónica de la Junta de Extremadura, en la dirección habilitada:
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf
P
 ara la utilización del referido registro deberá disponer de DNI electrónico o certificado
digital.
2. De conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con la presentación de la solicitud
se autoriza al órgano gestor para la consulta de oficio de los datos y documentos exigidos
en la presente convocatoria, salvo que se formule oposición expresa por el solicitante, en
cuyo caso deberán ser aportados por la persona interesada acompañando su solicitud.
3. El plazo establecido para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de
Extremadura.