Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064213)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y Pérez y Pérez, CB, para el ciclo formativo de Grado Medio en Farmacia y Parafarmacia del IES Dr. Fernández Santana de Los Santos de Maimona.
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NÚMERO 241
64147
Martes 19 de diciembre de 2023
b. F
uerza mayor que imposibilite el desarrollo de las actividades programadas.
c. Incumplimiento de las cláusulas establecidas en el Convenio de colaboración, inadecuación pedagógica de las actividades formativas programadas o vulneración de las normas
que, en relación con la realización de las actividades programadas, estén en cada caso
vigentes.
Igualmente se podrá rescindir para un determinado alumno, alumna o grupo de estudiantes,
por cualquiera de las partes firmantes, y ser excluido de su participación en el Convenio por
decisión unilateral del centro educativo, de la empresa colaboradora, o conjunta de ambos,
en los siguientes supuestos:
a. Faltas repetidas de asistencia y/o puntualidad no justificadas, previa audiencia del
interesado.
b. A
ctitud incorrecta o falta de aprovechamiento, previa audiencia del interesado.
La Consejera de Educación, Ciencia y
Formación Profesional,
(PD, Resolución de 9/08/2023, de la Consejera,
DOE núm. 156, de 14/08/2023).
El Secretario General,
(PS, Resolución de 6/11/2023,
DOE núm. 214, de 8/11/2023).
La Secretaria General de Educación y
Formación Profesional,
DÑA. MARÍA DEL PILAR PÉREZ GARCÍA
El representante legal de
Pérez y Pérez, CB,
D. MÓNICA PÉREZ-ZABALLOS GUILLÉN
64147
Martes 19 de diciembre de 2023
b. F
uerza mayor que imposibilite el desarrollo de las actividades programadas.
c. Incumplimiento de las cláusulas establecidas en el Convenio de colaboración, inadecuación pedagógica de las actividades formativas programadas o vulneración de las normas
que, en relación con la realización de las actividades programadas, estén en cada caso
vigentes.
Igualmente se podrá rescindir para un determinado alumno, alumna o grupo de estudiantes,
por cualquiera de las partes firmantes, y ser excluido de su participación en el Convenio por
decisión unilateral del centro educativo, de la empresa colaboradora, o conjunta de ambos,
en los siguientes supuestos:
a. Faltas repetidas de asistencia y/o puntualidad no justificadas, previa audiencia del
interesado.
b. A
ctitud incorrecta o falta de aprovechamiento, previa audiencia del interesado.
La Consejera de Educación, Ciencia y
Formación Profesional,
(PD, Resolución de 9/08/2023, de la Consejera,
DOE núm. 156, de 14/08/2023).
El Secretario General,
(PS, Resolución de 6/11/2023,
DOE núm. 214, de 8/11/2023).
La Secretaria General de Educación y
Formación Profesional,
DÑA. MARÍA DEL PILAR PÉREZ GARCÍA
El representante legal de
Pérez y Pérez, CB,
D. MÓNICA PÉREZ-ZABALLOS GUILLÉN