Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Funcionarios De Administración Local. (2023064299)
Resolución de 13 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad a la convocatoria y bases para la provisión del puesto de trabajo de Secretaría General, clase primera, de la Diputación Provincial de Badajoz, para su cobertura por el sistema de libre designación.
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NÚMERO 241

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Martes 19 de diciembre de 2023

ANEXO
Bases que han de regir en la convocatoria para la provisión, mediante libre designación, del
puesto de Secretaría General de la Diputación provincial de Badajoz reservado a funcionarios
de la Escala de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Primera. Objeto.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión del puesto de Secretario/a General de la
Diputación Provincial de Badajoz, reservado a personal funcionario con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría, categoría superior, por el sistema de libre designación,
como sistema previsto en la relación de puestos de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 92.bis.6 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y
en el artículo 46 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen
jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, con
las características siguientes:
Denominación
Nivel
Complemento
NP
F.P.
Admón Subgrup
puesto
C.D.
Específico
SECRETARÍA
GENERAL

1

30

LD

46.981,62 €

AL

A1

Escala
Habilitac
Nacional

Requisito/
Observaciones
Plaza
Secretaría
General

EDI.

Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.
Será requisito indispensable para concurrir a la convocatoria y poder desarrollar el puesto en
el caso de ser nombrado/a, el estar integrado/a en la Escala de funcionarios de habilitación de
carácter nacional, Subescala Secretaría, categoría Superior, Subgrupo A1 y no encontrarse en
cualquiera de las situaciones previstas en los apartados a), b) y c) del artículo 36.2 del Real
Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
Los requisitos exigidos deberán reunirse en la fecha en que se termine el plazo de presentación de solicitudes.
Tercera. Publicidad de la convocatoria.
La convocatoria, que corresponde al Presidente de la Corporación, será remitida al órgano
competente de la Comunidad Autónoma para su publicación en el Diario Oficial de Extremadura y posterior remisión al Ministerio de Hacienda y Función Pública, en el plazo máximo de
diez días, con referencia precisa del número y fecha del diario en el que ha sido publicada.
El Ministerio de Hacienda y Función Pública, dispondrá la publicación, del extracto de dicha
convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.