Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064187)
Resolución de 8 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de explotación porcina, cuya promotora es La Serrana, TCEA, en el término municipal de Azuaga. Expte.: IA23/0855.
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 240
Lunes 18 de diciembre de 2023
63786
éxito reproductor continuado desde 2021 hasta la actualidad; Área de campeo y alimentación de Cernícalo primilla; Cód. UE 6330 “Dehesas perennifolias de Quercus spp”.. Estado
de conservación: Favorable; Cód. UE 5330 “Matorrales termomediterráneos” y Cód. UE
92D0 “Galerías y matorrales termomediterráneos”.
Paisaje.
Se prevé que el impacto sobre el paisaje sea mínimo debido a que el proyecto se localiza
en una zona de carácter agropecuario de similares características. No obstante, el proyecto
contempla la aplicación de medidas de integración paisajísticas.
Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
Durante la fase de funcionamiento el impacto sobre la calidad del aire, lo mismo que el
ruido y la contaminación lumínica, y se limita al movimiento de vehículos en operaciones
de suministro de mercaderías, carga y descarga de animales, retirada de residuos y operaciones de mantenimiento y trabajo diario, así como con los contaminantes emitidos por
los animales.
Los contaminantes emitidos a la atmósfera derivados de los animales presentes en la
explotación serán principalmente N2O (almacenamiento exterior de estiércol), NH3 (volatilización en estabulamiento y almacenamiento exterior) y CH4 (volatilización en estabulamiento y almacenamiento exterior). Todas emisiones provienen de focos difusos y dada la
enorme dificultad para el control de los valores límite de emisión de las mismas se sustituirán por la aplicación de una serie de medidas presentes en la resolución.
No es previsible que la actividad tenga efectos significativos sobre la calidad de aire, ruido y
contaminación lumínica siempre y cuando se adopten las medidas correctoras propuestas.
Patrimonio arqueológico y dominio público.
La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, informó favorablemente condicionado al estricto cumplimiento de la totalidad de las medidas correctoras
señaladas a continuación: se deberá adoptar la siguiente medida correctora, contemplada
en el artículo 54 de la Ley 2/1999, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura “Si
durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico, la
promotora y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su
descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Cultura”.
Consumo de recursos y cambio climático.
Lunes 18 de diciembre de 2023
63786
éxito reproductor continuado desde 2021 hasta la actualidad; Área de campeo y alimentación de Cernícalo primilla; Cód. UE 6330 “Dehesas perennifolias de Quercus spp”.. Estado
de conservación: Favorable; Cód. UE 5330 “Matorrales termomediterráneos” y Cód. UE
92D0 “Galerías y matorrales termomediterráneos”.
Paisaje.
Se prevé que el impacto sobre el paisaje sea mínimo debido a que el proyecto se localiza
en una zona de carácter agropecuario de similares características. No obstante, el proyecto
contempla la aplicación de medidas de integración paisajísticas.
Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
Durante la fase de funcionamiento el impacto sobre la calidad del aire, lo mismo que el
ruido y la contaminación lumínica, y se limita al movimiento de vehículos en operaciones
de suministro de mercaderías, carga y descarga de animales, retirada de residuos y operaciones de mantenimiento y trabajo diario, así como con los contaminantes emitidos por
los animales.
Los contaminantes emitidos a la atmósfera derivados de los animales presentes en la
explotación serán principalmente N2O (almacenamiento exterior de estiércol), NH3 (volatilización en estabulamiento y almacenamiento exterior) y CH4 (volatilización en estabulamiento y almacenamiento exterior). Todas emisiones provienen de focos difusos y dada la
enorme dificultad para el control de los valores límite de emisión de las mismas se sustituirán por la aplicación de una serie de medidas presentes en la resolución.
No es previsible que la actividad tenga efectos significativos sobre la calidad de aire, ruido y
contaminación lumínica siempre y cuando se adopten las medidas correctoras propuestas.
Patrimonio arqueológico y dominio público.
La Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, informó favorablemente condicionado al estricto cumplimiento de la totalidad de las medidas correctoras
señaladas a continuación: se deberá adoptar la siguiente medida correctora, contemplada
en el artículo 54 de la Ley 2/1999, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura “Si
durante la ejecución de las obras se hallasen restos u objetos con valor arqueológico, la
promotora y/o la dirección facultativa de la misma paralizarán inmediatamente los trabajos, tomarán las medidas adecuadas para la protección de los restos y comunicarán su
descubrimiento en el plazo de cuarenta y ocho horas a la Consejería de Cultura”.
Consumo de recursos y cambio climático.