Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064204)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino denominado "Paisaje Cultural La Serena" financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
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NÚMERO 240
Lunes 18 de diciembre de 2023
63680
informáticas y teléfono móvil, para la partida denominada “Gestión del Destino”, incluida en
el eje 4, de Competitividad, dentro del programa de actuaciones de este PSTD. No se contemplan los gastos corrientes de edificio u oficina.
Novena. Justificación económica y memoria técnica de evaluación.
La Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, como entidad responsable de PT de
Extremadura, a través de la Dirección General de Turismo, procederá a la justificación documental de la aplicación de la totalidad de los fondos correspondientes, antes de finalizar el
segundo trimestre de 2026, a la Secretaría de Estado de Turismo, en todo caso.
Para la justificación del PSTD, la Diputación Provincial de Badajoz semestralmente dará cuenta a la Dirección General de Turismo de las actuaciones ejecutadas, del cumplimiento de los
objetivos alcanzados y llevará a cabo una memoria económica, especificándose el porcentaje
realizado con una relación clasificada de los gastos efectuados. La presentación de dicha documentación deberá realizarse antes del 10 de enero y 10 de julio de cada anualidad.
La justificación documental de las actuaciones deberá presentarse en castellano y dicha justificación requerirá la forma de cuenta justificativa (Anexo VIII) en la que se deberá incluir,
bajo la responsabilidad del declarante, los justificantes de gastos y pagos o cualquier otro
documento con validez jurídica que permita acreditar el cumplimiento de las actuaciones.
La cuenta deberá incluir una declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas con dichos fondos y su coste con el desglose de cada uno de los gastos y pagos realizados.
Deberá acreditarse en la justificación final la aplicación final de los fondos y sus importes.
Dicha justificación se presentará inexcusablemente por la entidad local ante la Dirección General de Turismo hasta el 28 de marzo de 2026.
En el caso de que la ejecución no alcance el 100% de las aportaciones realizadas se estará a
lo dispuesto en la cláusula Decimoquinta sobre incumplimiento y reintegro.
Con la justificación final deberá acompañarse la siguiente documentación:
— Certificación de la Secretaría/Intervención de la entidad donde se certifiquen los gastos
y pagos totales realizados, con especificación y desglose del número de las actuaciones
realizadas y los resultados obtenidos. Esta certificación deberá contener los siguientes
extremos:
• Que los gastos realizados y pagados imputables corresponden a gastos exclusivos de
la misma.
Lunes 18 de diciembre de 2023
63680
informáticas y teléfono móvil, para la partida denominada “Gestión del Destino”, incluida en
el eje 4, de Competitividad, dentro del programa de actuaciones de este PSTD. No se contemplan los gastos corrientes de edificio u oficina.
Novena. Justificación económica y memoria técnica de evaluación.
La Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, como entidad responsable de PT de
Extremadura, a través de la Dirección General de Turismo, procederá a la justificación documental de la aplicación de la totalidad de los fondos correspondientes, antes de finalizar el
segundo trimestre de 2026, a la Secretaría de Estado de Turismo, en todo caso.
Para la justificación del PSTD, la Diputación Provincial de Badajoz semestralmente dará cuenta a la Dirección General de Turismo de las actuaciones ejecutadas, del cumplimiento de los
objetivos alcanzados y llevará a cabo una memoria económica, especificándose el porcentaje
realizado con una relación clasificada de los gastos efectuados. La presentación de dicha documentación deberá realizarse antes del 10 de enero y 10 de julio de cada anualidad.
La justificación documental de las actuaciones deberá presentarse en castellano y dicha justificación requerirá la forma de cuenta justificativa (Anexo VIII) en la que se deberá incluir,
bajo la responsabilidad del declarante, los justificantes de gastos y pagos o cualquier otro
documento con validez jurídica que permita acreditar el cumplimiento de las actuaciones.
La cuenta deberá incluir una declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas con dichos fondos y su coste con el desglose de cada uno de los gastos y pagos realizados.
Deberá acreditarse en la justificación final la aplicación final de los fondos y sus importes.
Dicha justificación se presentará inexcusablemente por la entidad local ante la Dirección General de Turismo hasta el 28 de marzo de 2026.
En el caso de que la ejecución no alcance el 100% de las aportaciones realizadas se estará a
lo dispuesto en la cláusula Decimoquinta sobre incumplimiento y reintegro.
Con la justificación final deberá acompañarse la siguiente documentación:
— Certificación de la Secretaría/Intervención de la entidad donde se certifiquen los gastos
y pagos totales realizados, con especificación y desglose del número de las actuaciones
realizadas y los resultados obtenidos. Esta certificación deberá contener los siguientes
extremos:
• Que los gastos realizados y pagados imputables corresponden a gastos exclusivos de
la misma.