Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Personal Docente No Universitario. (2023064186)
Resolución de 4 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se actualizan las titulaciones que habilitan para el desempeño de puestos en régimen de interinidad en plazas de los cuerpos docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
296 páginas totales
Página
032

Idioma
Inglés

ANEXO I
TITULACIONES EXIGIDAS

JUNTA DE EXTREMADURA

b) Título de Licenciado en Filología Inglesa o título de Grado correspondiente.
c) Título de Licenciado o Diplomado por las facultades o Escuelas Universitarias de Idiomas (traducción e interpretación) en
inglés o título de Grado correspondiente.

a) Certificado de un Nivel B2 de competencia lingüística del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas en el idioma
correspondiente, conforme al Anexo III de la presente orden.

Extranjero- - Título de Graduado o Graduada que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Primaria, que
incluya una mención en lengua extranjera: Inglés.
- Maestro de cualquier especialidad que además tenga el Título de Graduado o Graduada en el ámbito de una lengua extranjera:
Inglés.
- Maestro especialidad de Lengua extranjera (Real Decreto 1440/1991) Inglés.
- Diplomado en Profesorado de Educación General Básica especialidad de Filología Inglesa.
- Título de Maestro, título de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestros en Educación Infantil o
Educación Primaria o cualquier otro título declarado legalmente equivalente y, además de alguno de dichos títulos, una de las
siguientes titulaciones:

Dirección General de Personal Docente

Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional

NÚMERO 240

Lunes 18 de diciembre de 2023

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