Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064196)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura (FUNDESALUD), por el que se formaliza una transferencia específica para la planificación, coordinación y gestión durante el año 2023 del XXIII Certamen Internacional de Cine Médico y Salud "VIDEOMED 2024".
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Viernes 15 de diciembre de 2023

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mestralmente, por cuartas partes del crédito presupuestario, para su abono dentro del primer
mes de cada trimestre. Sin embargo, en la presente transferencia específica y debido, tanto
a la fecha de suscripción del presente convenio, que impide la aplicación de lo dispuesto con
carácter general en el Decreto 105/2005, de 12 de abril, como a la financiación de gastos
desde el 1 de enero de 2023, aconsejan el libramiento de la primera orden de pago, correspondiente a la mitad del importe de la aportación dineraria, en el momento de la suscripción
del convenio por las partes.
Debido a las singularidades antes expuestas, el abono y justificación de la trasferencia específica recogida en el expositivo tercero del presente convenio, por importe de veinte mil euros
(20.000,00 €) se realizará de la siguiente forma:
— Un primer pago por importe de diez mil euros (10.000,00 €), correspondientes al 50%
del importe total de la transferencia específica, a la firma del presente Convenio, debiendo presentarse por FUNDESALUD certificación de haber registrado en su contabilidad el importe de la transferencia específica con destino a la finalidad objeto de este
convenio.
— El segundo pago por importe de cinco mil euros (5.000,00 €), cuando se haya justificado documentalmente mediante certificación, expedida por la Directora Gerente de
FUNDESALUD, pormenorizada y detallada de los gastos y pagos realizados por la cantidad correspondiente a lo abonado por la Consejería de Salud y Servicios Sociales en el
primer pago.
— El tercer pago por importe de cinco mil euros (5.000,00 €), cuando se haya justificado
documentalmente mediante certificación, expedida por la Directora Gerente de FUNDESALUD, pormenorizada y detallada de los gastos y pagos realizados por la cantidad correspondiente a lo abonado por la Consejería de Salud y Servicios Sociales en el segundo pago.
Los gastos que podrán financiarse con la presente transferencia, relacionados con las actuaciones a desarrollar, deberán haberse realizado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.
Antes del 31 de marzo de 2024, FUNDESALUD deberá justificar documentalmente los gastos
y pagos efectuados con cargo al tercer pago, de igual forma que se realizó para el segundo.
En igual fecha deberá presentar una memoria justificativa y detallada de las actuaciones realizadas con cargo a la presente transferencia específica con la correspondiente relación de las
mismas, su objeto y coste.
De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 5/2007, de
19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura, FUNDESALUD está exenta de la
obligación de constituir garantía.