Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064195)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y FUNDECYT-PCTEX por el que se formaliza la transferencia específica destinada a financiar el proyecto "5071 FUNDECYT-Parque Científico Tecnológico de Extremadura: Oficina Técnica para la Agenda Digital de Extremadura" en el ejercicio 2023.
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NÚMERO 239
Viernes 15 de diciembre de 2023

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el criterio para su correcta imputación al programa, proporcionando evidencias relativas
a la dedicación efectiva.
B) M
 emoria técnica:
Contendrá la descripción pormenorizada de las actuaciones realizadas junto con el desglose por actividades y tareas, sus costes y eventos realizados, los objetivos que se
persiguen con cada uno, listado de ponentes y empresas participantes, junto con el
dossier fotográfico que incluya la publicidad de cada uno de ellos.
Todo ello sin perjuicio de la documentación original que pudiera requerir el órgano gestor en el momento de la justificación para aclaración de la misma.
La fecha límite para presentar la memoria técnica será hasta el 28 de febrero de 2024
tal y como se establece en la cláusula quinta del convenio.


Formas de pagos.



Los pagos se realizarán de una de las formas que se indican a continuación:



• Adeudo bancario nominativo que refleje el importe del documento de gasto.



• Transferencia bancaria nominativa con validación mecánica que refleje el importe del
documento de gasto.



• Certificado del banco firmado y sellado, en el que se detalle que dicha factura ha sido
efectivamente pagada.



• Cheque bancario nominativo acompañándose de su correspondiente extracto bancario. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe
indicado en el documento de gasto.



• Extracto bancario nominativo (telefónica, etc.) reflejando el importe del documento
de gasto.



• Pago nominativo realizado por Internet donde se indique que el pago ha sido realizado, sellado por la autoridad bancaria. El importe reflejado en el documento bancario
deberá coincidir con el importe indicado en el documento de gasto.



• Recibí del proveedor en el que se indique que dicho documento de gasto (factura,
ticket, etc.) ha sido efectivamente pagado o bien, cualquier otro medio probatorio del
pago, para documentos de gasto con importe inferior a 600 €, y siempre que estén
referidos a la compra de pequeño material fungible, gastos de bolsillo, etc.,