Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064198)
Resolución de 7 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Badajoz para la ejecución del Plan de Sostenibilidad Turística en Destino denominado "Plan de Sostenibilidad Turística Tierra de Barros Enoturismo" financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-GenerationEU".
71 páginas totales
Página
NÚMERO 239
Viernes 15 de diciembre de 2023

63400

3. L
 a modificación se suscribirá por las partes intervinientes a la firma del convenio en un
plazo máximo de dos meses a contar desde la fecha de presentación de aquélla.
Transcurrido el plazo máximo establecido sin que se haya suscrito la modificación del convenio, se entenderá desestimada la solicitud.
Decimotercera. Publicidad y difusión.
1. En la ejecución de todos los programas del PRTR es preceptiva la utilización del “Manual de
marca del PRTR”. Ello implica que toda la documentación, presentaciones y demás documentos
generados deben recoger los elementos significativos del PRTR en los términos establecidos
en el citado manual. Disponible en link http://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
2. P
 ara la difusión de las actuaciones previstas en el presente convenio, se incorporará el
emblema oficial de PRTR. Deberá destacarse el origen de esta financiación y se velará por
dar visibilidad y derecho de uso del mismo, incluyéndose, cuando proceda, el emblema de
la Unión y una declaración de financiación adecuada que indique “financiado por la Unión
Europea-Next GenerationUE”, particularmente, cuando promuevan las actuaciones y sus
resultados, facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples
destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público.
3. L
 a Diputación Provincial de Badajoz deberá cumplir con las siguientes obligaciones en materia de publicidad:
a) Las relativas a la financiación del Mecanismo, conforme con la normativa europea y
nacional aplicable y, específicamente con las del artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre.
b) En las medidas de información y comunicación de las actuaciones que desarrollan las
inversiones (carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.), se
deberán incluir los siguientes logos:


1.º El emblema de la Unión Europea,



2.º J unto a este emblema de la Unión se incluirá el texto “Financiado por la Unión
Europea-Next GenerationUE”. Esta publicidad se realizará de conformidad con lo
establecido en el Manual de Marca del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia confeccionado por la Secretaría de Estado de Comunicación que se incorpora
al presente convenio como Anexo IX.