Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2023040384)
Modificación del Extracto y Anuncio de la redistribución de los créditos de la convocatoria de subvenciones para el fomento de la contratación para la obtención de práctica profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura correspondiente al ejercicio 2023, aprobada mediante el Decreto 167/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación para la obtención de práctica profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 239
Viernes 15 de diciembre de 2023

I

63281

DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio de la redistribución de los créditos de
la convocatoria de subvenciones para el fomento de la contratación para la
obtención de práctica profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura
correspondiente al ejercicio 2023, aprobada mediante el Decreto 167/2022,
de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las
subvenciones para el fomento de la contratación para la obtención de práctica
profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura. (2023040384)
BDNS(Identif.):671402
BDNS(Identif.):671403
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 17
de fecha 25 de enero de 2023, el Extracto de la convocatoria correspondiente al ejercicio 2023,
establecida en el Decreto 167/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la contratación para la obtención de práctica
profesional en la Comunidad Autónoma de Extremadura, cuyo texto completo puede consultarse
en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es), con la
identificación BDNS 671402 y 671403.
El artículo 29.3 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que en las convocatorias se determinarán las aplicaciones,
proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el periodo de
vigencia de la convocatoria.
El artículo 39.4 del mismo texto legal indica el procedimiento que debe seguirse en la tramitación presupuestaria para las variaciones que puedan producirse respecto a los proyectos de
gastos o aplicaciones presupuestarias, o cuantías previstas inicialmente en las convocatorias
abiertas por concesión directa. Dicho procedimiento consiste, esencialmente en la modificación del expediente de gasto, previo informe de la Intervención General, y la publicación en el
Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
un anuncio del órgano competente para la aprobación de la convocatoria en el que se recojan,
de acuerdo con la modificación producida, como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.