Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Instituto Universitario De Investigación. (2023064181)
Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Consejera, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura por el que se crea el Instituto Universitario de Investigación e Innovación en el Deporte (INIDE) como centro propio de investigación de la Universidad de Extremadura.
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NÚMERO 238

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Jueves 14 de diciembre de 2023

— Claustro de la Universidad, para dar cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 33.1 de
los Estatutos de la UEX, aprobados por Decreto 65/2003, de 8 de mayo.
— Registro de Universidades, Centros y Títulos, para dar cumplimiento al artículo 13.1 del
Real Decreto 1509/2008, de 12 de septiembre por el que se regula dicho Registro.
Sexto. La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional realizará el seguimiento
de la actividad investigadora del Instituto y dictará los actos necesarios para el desarrollo y
ejecución de dicha actividad.
Séptimo. Ordenar la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso administrativo de reposición ante la Junta de Extremadura en el plazo
de un mes, contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación, tal
y como dispone el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. Podrá también interponer directamente, en el plazo de dos meses
contados desde el día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación, el correspondiente
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46.1,
10.1 a) y 14.1, primera, de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa (BOE n.º 167, de 14 de julio).
En caso de haber interpuesto recurso de reposición, no podrá impugnar el acuerdo en la vía
contencioso-administrativa hasta que el recurso de reposición sea resuelto expresamente o
se haya producido su desestimación presunta.

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