Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023064160)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para el proyecto de cebadero de terneros, cuya titular es Ganados Vaquero, SA, en el término municipal de Saucedilla.
16 páginas totales
Página
NÚMERO 237
Miércoles 13 de diciembre de 2023

62229

La generación de estiércoles asociada al funcionamiento normal del complejo se estima
en 2.736 m3/año de estiércol, que suponen unos 17.336,8 kg de nitrógeno /año. Todas
las deyecciones generadas deberán gestionarse adecuadamente, mediante la recogida por
gestor autorizado o conforme al Plan de Aplicación Agrícola elaborado, y dejando constancia de esta gestión en el Libro de Registro de Gestión de Estiércoles.
2. L
 a explotación deberá disponer de un sistema para la recogida y almacenamiento de los
estiércoles, lixiviados y aguas de limpieza, generados en las naves de cebo y corrales, que
evite el riesgo de filtración y contaminación de las aguas superficiales y subterráneas, con
tamaño adecuado, que permita llevar a cabo la gestión adecuada de los mismos. A estos
efectos, el cebadero de terneros dispondrá de una fosa de hormigón de una capacidad de
30 m3.
3. E
 l diseño y la construcción de la fosa deberá adaptarse a las prescripciones que para este
tipo de infraestructuras establece la Dirección General de Sostenibilidad. Conforme a esto,
se deberá tener en cuenta los siguientes requisitos:
— La ubicación de las fosas deberá garantizar que no se produzcan vertidos a ningún
curso o punto de agua; y habrán de hallarse a la mayor distancia posible de caminos y
carreteras. Se orientará en función de los vientos dominantes, de modo que se eviten
molestias por malos olores a las poblaciones más cercanas.
— Cumplirá con las siguientes características constructivas:


• Se ejecutará en hormigón armado.



• I mpermeabilización del sistema de retención para evitar la posibilidad de infiltraciones.



• Cuneta en todo su perímetro, que evite el acceso de las aguas de escorrentía.



• Talud perimetral que evite desbordamientos y el acceso de aguas de escorrentía.



• Cerramiento perimetral que no permita el acceso de personas y animales.

La frecuencia de vaciado deberá coincidir como mínimo con los periodos de vacío sanitario
y limpieza de las instalaciones y siempre antes de superar los 2/3 de su capacidad.
4. L
 a explotación dispondrá de un estercolero ubicado en una zona protegida de los vientos
con una capacidad de 342 m3. Esta infraestructura consistirá en una superficie estanca e
impermeable, con sistema de recogida de lixiviados conectado a fosa de purines. Se deberá
cubrir el estercolero mediante la construcción de un cobertizo o una cubierta flexible (plástico), impidiendo de este modo el acceso de pluviales al interior del cubeto.