Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Recurso. Emplazamiento. (2023064149)
Resolución de 1 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo tramitado por el procedimiento ordinario núm. 95/2023 - procedimiento ordinario 172/2023, interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Badajoz, y se emplaza a los posibles interesados en el mismo.
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Martes 12 de diciembre de 2023

RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la
que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al
recurso contencioso-administrativo tramitado por el procedimiento ordinario
núm. 95/2023 - procedimiento ordinario 172/2023, interpuesto ante el
Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Badajoz, y se emplaza a
los posibles interesados en el mismo. (2023064149)
Ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Badajoz, se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo con núm. 0000095/2023 — procedimiento ordinario
0000172/2023, iniciado a instancia del Procurador de los Tribunales D. José Antonio Venegas
Carrasco, en nombre y representación de la entidad Confederación de Organizaciones Empresariales de Badajoz (COEBA), contra los acuerdos tomados en la Junta Electoral en su sesión
celebrada el 29 de diciembre de 2022 dentro del procedimiento de elecciones a la Cámara de
Comercio de Badajoz, por considerar dichos acuerdos no ajustados a derecho.
En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 y 49 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y dando cumplimiento
al requerimiento efectuado por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 2 de Badajoz,
se acuerda la remisión del expediente administrativo y se emplaza a los posibles interesados
en el mismo, para que puedan personarse en ese tribunal, si a su derecho conviniera, en el
plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.
De personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte para los trámites no precluidos, continuando con el procedimiento por sus trámites y sin que haya lugar a practicarles en
estrados o en cualquier otra forma, notificaciones de clase alguna.
Mérida, 1 de diciembre de 2023.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN