Sociedad Pública De Radiodifusión Y Televisión Extremeña, Sau. Procesos Selectivos. (2023064131)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Dirección General de la Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales, sobre convocatorias públicas extraordinarias para la constitución de bolsas de trabajo de Realizador/a en la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión Extremeña, SAU, mediante el sistema de concurso-oposición.
19 páginas totales
Página
NÚMERO 235
Lunes 11 de diciembre de 2023

62070

tuaciones de méritos, provisionales y definitivas etc.), no haciéndose responsable la empresa de la información verbal o telefónica que pudieran recibir los interesados.
1.5. Las relaciones de trabajo de la Empresa Pública “Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales” y de la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión Extremeña, SAU se
regirán por la legislación laboral común en virtud del artículo 30 de la Ley 3/2008, de
16 de junio y del II Convenio Colectivo de los trabajadores de la Corporación Extremeña
de Medios Audiovisuales y de la Sociedad Pública de Radiodifusión y Televisión SAU, sin
perjuicio de las normas y principios que resulten de aplicación.
1.6. Sin perjuicio de la legislación y normativa aplicable a las convocatorias, a las presentes
bases le serán de aplicación:
— La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
— Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia
de Género en Extremadura.
En virtud de lo anterior, y con el fin de ofrecer condiciones de igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el acceso al empleo público, si alguna de las aspirantes admitidas en
la presente Convocatoria no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo
de riesgo o parto debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, en los
términos establecidos en las presentes bases. La Comisión de Selección con arreglo a las
mismas y en atención a las circunstancias concurrentes, que deberán constar debidamente
acreditadas por la interesada con la suficiente antelación, adoptará las medidas a aplicar
en cada caso que resulten oportunas para garantizar los derechos de la interesada en la
convocatoria.
II. Requisitos de las personas aspirantes.
Podrán optar a los puestos ofertados todas aquellas personas que, aceptando las condiciones establecidas en las Convocatorias, reúnan los requisitos expuestos a continuación.
2.1. Tener la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o cualquiera a la que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y
trabajadoras. Igualmente podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, las personas cónyuges de los/las españoles/as y de los/las nacionales de alguno de los demás
Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho.