Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064085)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y Ayuntamiento de Logrosán, para el ciclo formativo de Grado Superior en Educación Infantil del IES Francisco de Orellana de Trujillo.
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Lunes 11 de diciembre de 2023

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CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE LA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y
AYUNTAMIENTO DE LOGROSÁN, PARA EL CICLO FORMATIVO DE GRADO
SUPERIOR EN EDUCACIÓN INFANTIL DEL IES FRANCISCO DE ORELLANA DE
TRUJILLO.
Mérida, 21 de noviembre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Dña. María Mercedes Vaquera Mosquero, Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, en representación de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud del Decreto de la Presidenta 23/2023, de 20
de julio (DOE núm. 140, de 21 de julio), y en el ejercicio de las atribuciones que le han sido
conferidas por el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican
la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 140, de 21 de julio), y de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra, la empresa Ayuntamiento de Logrosán, con CIF P1011200A y domicilio en Plaza de España CP 10120, código postal 10120 Logrosán, Cáceres, con teléfono de contacto
___________, correo electrónico ________________ y Don Julio Alfredo Roldán Masa, como
representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Q
 ue el objetivo del presente Convenio entre las entidades a las que representan para el
desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema educativo.
2. Q
 ue el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para
la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la Formación Profesional Dual, fija
en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo, el marco