Universidad De Extremadura. Concurso De Méritos. (2023064143)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Gerencia, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes de personal funcionario de Administración y Servicios (puestos base).
18 páginas totales
Página
NÚMERO 234
Jueves 7 de diciembre de 2023

61640

c) El período de tiempo de desempeño de puestos de trabajo sin nivel de complemento de
destino se entenderá como realizado en el nivel mínimo según el intervalo correspondiente a su Cuerpo/Escala o categoría equivalente.
3. Cursos de formación y perfeccionamiento (4 puntos).
Los cursos de formación y perfeccionamiento realizados o impartidos por el aspirante sobre las materias relacionadas con el puesto a que se aspira se valorarán con arreglo a los
siguientes criterios:
3.1. Cursos cuyo título, diploma o certificado haya sido expedido por la Universidad de
Extremadura, el Instituto Nacional de Administración Pública o centros equivalentes, las
Organizaciones Sindicales, todos ellos en el ámbito de la formación específica de los empleados públicos y siempre que estén relacionados con los cometidos propios de la Escala
de que se trate.
Previa suma del total de horas recibidas o impartidas, se valorarán a razón de 0,005 puntos por hora.
3.2. Cursos cuyo título, diploma o certificado haya sido expedido por cualquier Entidad
pública o privada, y siempre que estén relacionados con los cometidos propios de la Escala
de que se trate.
Previa suma del total de horas recibidas o impartidas, se valorarán a razón de 0,0012 puntos por hora.
4. Antigüedad (6 puntos).
4.1. Valoración genérica por años de servicio, computándose a estos efectos los reconocidos que se hubieran prestado con anterioridad al ingreso como funcionario en el Cuerpo o
Escala, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.
La puntuación será de 0,2 puntos por año, teniendo en cuenta que no se computarán los
servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.
4.2. Permanencia en el puesto de trabajo. Por haber permanecido 4 años en el último
puesto obtenido con carácter definitivo, se otorgará 1 punto y 0,25 más, por cada año adicional hasta un máximo total de 4 puntos. A estos efectos, al funcionario que en la actualidad se encuentre en destino provisional por remoción o supresión de puesto de trabajo que
venía ocupando con carácter definitivo, o bien se encuentre pendiente de reasignación de
efectivos, se le computará el tiempo que lleva en dicha situación como de permanencia en
el puesto suprimido o en el que ha sido cesado. El periodo de permanencia en la situación