Universidad De Extremadura. Concurso De Méritos. (2023064145)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Gerencia, por la que se anuncia convocatoria de concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la plantilla de personal laboral de Administración y Servicios.
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NÚMERO 234
Jueves 7 de diciembre de 2023

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3.3. Los datos relativos a las circunstancias personales o profesionales, así como los concernientes a los méritos que se aduzcan, deberán acreditarse debidamente y han de ser los que
al efecto se correspondan con la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes
de esta convocatoria, debiendo adjuntar a la misma la documentación justificativa de dichos
méritos.
3.4. La acreditación del destino del cónyuge o pareja de hecho se hará mediante la aportación
de fotocopia del libro de familia o documento de inscripción en el Registro de Parejas de Hecho
o equivalente que acredite la relación entre el solicitante o el cónyuge o pareja. Asimismo, se
aportará certificación de la unidad de personal correspondiente que acredite la localidad del
destino del cónyuge o pareja de hecho, el puesto de trabajo que desempeña y la forma de
obtención del mismo.
3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento,
de oficio o a petición de la persona interesada.
3.6. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del
plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido este plazo no se admitirá
ninguna petición de esa naturaleza.
3.7. No se valorarán méritos no justificados por el aspirante.
Cuarta. Orden de prelación del proceso.
El concurso de méritos se resolverá atendiendo al siguiente orden de prelación:
— Trabajador afectado por traslado obligatorio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Convenio Colectivo.
— Trabajador del mismo grupo o subgrupo, categoría y especialidad.
— Reingreso de excedente sin reserva del puesto de trabajo, del mismo grupo o subgrupo,
categoría y especialidad.
— Trabajador del grupo o subgrupo superior y misma especialidad.
Quinta. Valoración de los méritos.
5.1. La valoración de los méritos para la adjudicación de los puestos de trabajo ofertados se
efectuará de acuerdo con el baremo que se reseña en el Anexo IV, con el detalle de la puntuación en cada apartado de los méritos que se pueden aportar, y, en su caso, la normalización