Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Cultura. Ayudas. (2023064105)
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se resuelve la concesión de ayudas públicas para el apoyo a aceleradoras culturales, al amparo de los fondos de Next Generation EU y el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia del Reglamento (UE) 2021/241.
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Jueves 7 de diciembre de 2023

alcanzará el 60 % de la inversión aprobada por lo que se procederá a la revocación total de
la ayuda concedida, así como al reintegro de las cantidades percibidas.
5. Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público, resultando de aplicación para su cobranza lo previsto en la Ley 5/2007, de 19 de abril, General
de la Hacienda Pública de Extremadura.
Decimoquinto. En cuanto al control de las ayudas, tanto en la fase de concesión de las ayudas,
como en la de pago de las mismas o con posterioridad a éste, los solicitantes se comprometen
a proporcionar cualquier otra documentación que se estime necesaria para la verificación del
cumplimiento de las condiciones establecidas en el decreto de bases. Asimismo, se comprometen a facilitar las inspecciones y comprobaciones que, en su caso, se efectúen por parte
de los servicios técnicos del órgano encargado de la gestión y tramitación de los expedientes.
Dicho control se extiende, además de a los propios beneficiarios y, en su caso, entidades colaboradoras, a las personas físicas o jurídicas a las que se encuentren asociados o vinculados
los beneficiarios, así como a cualquier otra entidad susceptible de prestar un interés en la
consecución de los objetivos, en la realización de las actividades o en la adopción del comportamiento.
Decimosexto. Todos los proyectos que se lleven a cabo en cumplimiento de las presentes bases
deben respetar las condiciones de etiquetado verde y digital. Ello incluye el cumplimiento de las
condiciones específicas asignadas previstas en el Componente 24. I2 en sus apartados 6 y 7.
Así mismo y en cumplimiento de las bases deben respetar el llamado principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH). Ello incluye el cumplimiento de las
condiciones específicas asignadas previstas en el Componente 24. I1 c) con la siguiente
denominación: “Refuerzo de la competitividad de las industrias culturales/Competitividad y
profesionalización y apoyo a los aceleradores culturales, incluido el impulso de la transformación a la cultura digital y la incorporación de nuevas tecnologías en las industrias culturales
y creativas”. Y a su vez, la submedida C.24.I1c está asociada al “Campo de intervención 5:
Digitalización de las empresas Dimensión 4 del DESI: Integración de las tecnologías digitales”
con el código 018 denominado: “Incubación de empresas segregadas, semilla e incipientes y
apoyo a las mismas” a la que le corresponde un coeficiente de tagging digital del 40%.
Mérida, 17 de noviembre de 2023.
El Secretario General,
JOSE LUIS GIL SOTO