Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Transporte Por Carretera. (2023050219)
Orden de 14 de noviembre de 2023 por la que se convocan, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, exámenes para la obtención del certificado de aptitud profesional (CAP) acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, a celebrar en el año 2024.
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NÚMERO 234

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Jueves 7 de diciembre de 2023

DISPONGO
Primero. Convocar, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, exámenes
para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la cualificación inicial
de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, a celebrar en el año 2024 en seis llamamientos independientes, siempre que los aspirantes sean,
o vayan a ser:
a) titulares de los permisos de conducción correspondientes a alguna de las categorías D1,
D1+E, D, D+E o de un permiso reconocido como equivalente, expedidos a partir del día
11 de septiembre de 2008, o
b) titulares de los permisos de conducción correspondientes a alguna de las categorías C1,
C1+E, C, C+E o de un permiso reconocido como equivalente, expedidos a partir del día
11 de septiembre de 2009.
Segundo. Aprobar las bases por las que ha de regirse la citada convocatoria, cuyo texto se
inserta a continuación.
Tercero. Facultar al Director General de Movilidad y Transportes para dictar, en el ámbito de
sus competencias, cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de
la presente orden, así como para determinar la fecha, horario y lugar de realización de las
pruebas en cada uno de los llamamientos y adoptar cuantos actos requiera la tramitación del
procedimiento.
Cuarto. Declarar que, contra la presente orden de convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el
Consejero de Infraestructuras, Transporte y Vivienda en el plazo de un mes, contado a partir
del día siguiente al de la publicación del presente acto en el Diario Oficial de Extremadura, o
bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses contados
desde el día siguiente al de la mencionada publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
En caso de recurrir mediante reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta
del recurso de reposición interpuesto.
Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 14 de noviembre de 2023.
El Consejero,
MANUEL MARTÍN CASTIZO