Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Transporte Por Carretera. (2023050219)
Orden de 14 de noviembre de 2023 por la que se convocan, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, exámenes para la obtención del certificado de aptitud profesional (CAP) acreditativo de la cualificación inicial de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera, a celebrar en el año 2024.
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NÚMERO 234
Jueves 7 de diciembre de 2023

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CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA
ORDEN de 14 de noviembre de 2023 por la que se convocan, en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, exámenes para la obtención del
certificado de aptitud profesional (CAP) acreditativo de la cualificación inicial
de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por
carretera, a celebrar en el año 2024. (2023050219)
La Directiva 2003/59/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2003,
relativa a la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados
vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera, por la que se
modifican el Reglamento (CEE) n.º 3820/85 del Consejo y la Directiva 91/439/CEE del Consejo y se deroga la Directiva 76/914/CEE del Consejo, establece la obligatoriedad de una
cualificación inicial y de una formación continua para los conductores que se dedican a los
transportes de mercancías o de viajeros por carretera, con la finalidad de garantizar a los
mismos, en virtud de dicha cualificación, acreditada mediante un certificado de aptitud profesional (CAP), una capacitación suficiente, tanto para el acceso como para la prosecución de
la actividad de conducción, y, más concretamente, con el objeto de mejorar la seguridad vial
y la seguridad del conductor.
Mediante el Real Decreto 284/2021, de 20 de abril, por el que se regula la cualificación inicial
y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera y por el que se modifica el Reglamento de la Ley de Ordenación de los
Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, se incorpora al Derecho español la citada Directiva, así como su modificación mediante la Directiva
(UE) 2018/645 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de abril de 2018, y se regulan
las condiciones para la obtención del certificado de aptitud profesional acreditativo de la correspondiente cualificación inicial, necesario para la conducción por vías públicas españolas de
vehículos que efectúen una actividad de transporte por carretera y pertenezcan a empresas
establecidas en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, para la que resulte obligatorio
estar en posesión de permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E,
D o D+E, definidas en el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto
818/2009, de 8 de mayo.
El Real Decreto 284/2021 ha sido modificado por el Real Decreto 242/2022, de 5 de abril, en
lo que se refiere a la designación de Tribunales de las pruebas.
De acuerdo con esta norma, el certificado de aptitud profesional acreditará que el conductor, a
cuyo favor haya sido expedido, ha superado los cursos y exámenes exigidos para la obtención
de la cualificación inicial de los conductores.