Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064072)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formalizan dos transferencias específicas plurianuales a la Fundación FUNDECYT Parque Científico y Tecnológico de Extremadura para la realización de los Programas "Gobernanza de la RIS3 2021-2027 y las EDP" e "Internacionalización de la I+D+I" financiadas con fondos del Programa FEDER Extremadura 2021-2027.
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NÚMERO 233
Martes 5 de diciembre de 2023

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Educación, Ciencia y Formación Profesional y dos representantes de FUNDECYT-PCTEX, designados por quienes suscriben el presente Convenio.
Esta Comisión se regirá en cuanto a su constitución, funcionamiento y adopción de acuerdos
por la normativa vigente en materia de órganos colegiados contenida en la Sección 3ª, Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
La presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en
caso de empate. El ejercicio de las funciones de secretaría de la Comisión de Seguimiento
corresponderá a una de las personas representantes de FUNDECYT-PCTEX.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente convenio.
A la Comisión de Seguimiento le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento de las actividades ejecutadas en virtud de estas transferencias, verificando su adecuada progresión y el alcance de los objetivos del proyecto a
desarrollar. La Comisión de Seguimiento será la encargada de aprobar, si procede, las
redistribuciones del gasto cuando sean inferiores al 20 % del importe presupuestado
inicialmente y no afecten a los objetivos de la transferencia, conforme a lo establecido
en la cláusula tercera del presente convenio.
b) Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y
ejecución del presente convenio.
c) Recabar la información para el seguimiento de las actuaciones tanto en los aspectos
científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo garantizar FUNDECYT-PCTEX la disponibilidad de la información.
d) Aprobar la tramitación de la correspondiente adenda a este convenio, si procede, una
vez comprobado que las modificaciones solicitadas para cualquiera de las transferencias
son iguales o superiores al 20 % de lo presupuestado inicialmente o que afecten a los
objetivos de la transferencia, conforme a los criterios establecidos en la cláusula tercera
del presente convenio.
e) P
 roponer a las partes, antes de la finalización del convenio, la prórroga del mismo.