Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064072)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formalizan dos transferencias específicas plurianuales a la Fundación FUNDECYT Parque Científico y Tecnológico de Extremadura para la realización de los Programas "Gobernanza de la RIS3 2021-2027 y las EDP" e "Internacionalización de la I+D+I" financiadas con fondos del Programa FEDER Extremadura 2021-2027.
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NÚMERO 233
Martes 5 de diciembre de 2023

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documentos electrónicos, justificativos de la actuación realizada y la aplicación de los
fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
La disponibilidad de los documentos se ajustará a lo dispuesto en el artículo 82.1 del
REGLAMENTO (UE) 2021/1060 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 24 de
junio de 2021, que establece la conservación de la documentación en un plazo de cinco
años a partir del 31 de diciembre del año en que la autoridad de gestión efectúe el último pago al beneficiario.
g) De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.1.1 de la Comunicación de la Comisión sobre el Marco sobre Ayudas Estatales de Investigación y Desarrollo e Innovación (2014/C
198/01), no se aplicará lo dispuesto en el artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento
de la Unión Europea a las ayudas previstas en esta transferencia, dado que se otorga
a un organismo de investigación para la realización de actividades no económicas. No
obstante, FUNDECYT-PCTEX deberá consignar por separado la financiación, los costes y
los ingresos correspondientes a las actividades económicas y no económicas del centro.
h) A
 plicará las medidas antifraude efectivas y proporcionadas respaldadas por una evaluación de los riesgos de fraude
i) El beneficiario informará sobre el nivel de logro de los indicadores de realización al mismo tiempo que justifica gastos para ser declarados en solicitudes de reembolso.
2. O
 bligaciones en materia de información, comunicación y publicidad de los fondos europeos.
Deberán observarse las obligaciones de información y publicidad de los artículos 47, 49,
50 y Anexo IX del Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de
24 de junio de 2021 por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión,
al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura,
así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración
e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a
la Gestión de Fronteras y la Política de Visados y en el Reglamento (UE) 2021/1058 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de
Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión.
En la documentación administrativa para la gestión de expedientes correspondientes a las
actuaciones recogidas en este Convenio se deberá incluir una mención a que el expediente
está cofinanciado por FEDER.