Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064076)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara para subvencionar en el ejercicio 2023 el desarrollo del programa de educación infantil (0-3 años) en la escuela infantil de dicha localidad.
11 páginas totales
Página
NÚMERO 233
Martes 5 de diciembre de 2023

61345

Educación, Ciencia y Formación Profesional, establezca, asumiendo todas las responsabilidades que pudieran derivarse de la ejecución de la misma.
b) Colaborar con la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional en cuantas
actuaciones se estimen procedentes en orden a la comprobación de la adecuada ejecución del convenio, la correcta aplicación de la ayuda y control de las actividades objeto
de ayuda, así como la realización de cualquier otra actuación que proceda de tales actividades.
c) L
 a elaboración de un reglamento que regule la organización y funcionamiento del centro.
d) La presentación de la Programación General Anual y de la memoria final del curso.
e) C
 omunicar a la Secretaría General de Educación y Formación Profesional de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional cualquier circunstancia que afecte al
normal desarrollo de la prestación del servicio.
Octava. Control y seguimiento.
Sin perjuicio de lo anterior, la Junta de Extremadura a través de la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional podrá, en cualquier momento, realizar funciones de control
y seguimiento del objeto del convenio, inspeccionando con la frecuencia que se determine
procedente la escuela infantil.
Novena. Publicidad.
1. E
 l Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara se compromete a que en todas las actuaciones que se lleven a cabo en la escuela infantil se haga constar expresamente que la titularidad del mismo es de la Junta de Extremadura, si bien el uso, gestión y mantenimiento
del centro corresponde al Ayuntamiento mediante concesión del servicio.
Asimismo, y en virtud de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativo a la publicidad de las
subvenciones concedidas, y en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales
de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura, los beneficiarios de ayudas concedidas por la Junta de Extremadura, entre las que se encuentra cualquier
ente de derecho público o privado con el que la Junta de Extremadura colabore financiando
proyectos conjuntos en el marco de los convenios de colaboración suscritos al efecto, deberán
adoptar las medidas de identificación, información y publicidad de las inversiones financiadas
por la Junta de Extremadura, contenidas en el artículo 3 del Decreto 50/2001, y con las características y especificidades recogidas en el Anexo Técnico del mencionado Decreto.