Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064074)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Plasencia para subvencionar en el ejercicio 2023 el desarrollo del programa de educación infantil (0-3 años) en la escuela infantil "La Data" de dicha localidad.
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NÚMERO 233
Martes 5 de diciembre de 2023

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b) Colaborar con la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional en cuantas
actuaciones se estimen procedentes en orden a la comprobación de la adecuada ejecución del Convenio, la correcta aplicación de la ayuda y control de las actividades objeto
de ayuda, así como la realización de cualquier otra actuación que proceda de tales
actividades.
c) L
 a elaboración de un reglamento que regule la organización y funcionamiento del centro.
d) La presentación de la Programación General Anual y de la memoria final del curso.
e) C
 omunicar a la Secretaría General de Educación y Formación Profesional de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional cualquier circunstancia que afecte al
normal desarrollo de la prestación del servicio.
Octava. Control y seguimiento.
Sin perjuicio de lo anterior, el Gobierno de Extremadura, a través de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, podrá, en cualquier momento, realizar funciones de
control y seguimiento del objeto del Convenio, inspeccionando, con la frecuencia que se determine procedente la escuela infantil.
Novena. Publicidad.
1. E
 l Ayuntamiento de Plasencia se compromete a que en todas las actuaciones que se lleven
a cabo en la escuela infantil se haga constar expresamente que la titularidad de esta es de
la Junta de Extremadura, si bien el uso, gestión y mantenimiento del centro corresponde al
Ayuntamiento mediante concesión del servicio.
Asimismo, y en virtud de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativo a la publicidad de las
subvenciones concedidas, y en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales
de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura, los beneficiarios de ayudas concedidas por la Junta de Extremadura, entre las que se encuentra cualquier
ente de derecho público o privado con el que la Junta de Extremadura colabore financiando
proyectos conjuntos en el marco de los convenios de colaboración suscritos al efecto, deberán
adoptar las medidas de identificación, información y publicidad de las inversiones financiadas
por la Junta de Extremadura, contenidas en el artículo 3 del Decreto 50/2001, y con las características y especificidades recogidas en el Anexo Técnico del mencionado Decreto.
2. L
 a presente subvención será objeto de publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma, de conformidad con