Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064078)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela para subvencionar en el ejercicio 2023 el desarrollo del programa de educación infantil (0-3 años) en la escuela infantil "El Elefantito de Mercedes", de dicha localidad.
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NÚMERO 233
Martes 5 de diciembre de 2023

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suscritos al efecto, deberán adoptar las medidas de identificación, información y publicidad
de las inversiones financiadas por la Junta de Extremadura, contenidas en el artículo 3 del
Decreto 50/2001, y con las características y especificidades recogidas en el Anexo Técnico
del mencionado Decreto.
2. L
 a presente subvención será objeto de publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma, de conformidad con
lo establecido en los artículos 20.8. b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y 17 de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, así como en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal
Electrónico de la Transparencia y la Participación ciudadana, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 10 y 11.1 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno abierto
de Extremadura.
Décima. Extinción, reintegro y régimen sancionador.
1. E
 ste convenio se extinguirá si concurre alguna de las causas contempladas en el artículo
51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y en particular:
a) Mutuo acuerdo, denuncia del convenio o incumplimiento de las estipulaciones contenidas en el mismo, por cualquiera de las partes firmantes.
b) Finalización del plazo de vigencia del convenio.
2. S
 i la resolución se produce por mutuo acuerdo o por denuncia expresa de cualquiera de las
partes firmantes de este convenio, el Ayuntamiento de Navalvillar de Pela pondrá a disposición de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional tanto las instalaciones
como los bienes anejos a la concesión del servicio, así como aquellos otros adquiridos con
posterioridad para el buen funcionamiento del centro, todo ello en perfecto estado y conservación. Asimismo, el Ayuntamiento se hará cargo del personal por él contratado si lo
hubiere, y asumirá todas las obligaciones a que pudiere haber lugar como consecuencia de
la llegada a término del presente convenio.
3. P
 rocederá el reintegro total o parcial de las cantidades percibidas cuando, con carácter general, concurran las causas de reintegro recogidas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y, en particular,
cuando sean incumplidas las obligaciones dimanantes del presente convenio, todo ello sin
perjuicio del sometimiento al régimen sancionador que resultare de aplicación.