Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064075)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Arroyo de la Luz para subvencionar en el ejercicio 2023 el desarrollo del programa de educación infantil (0-3 años) en la escuela infantil "TA-CA-TA" de dicha localidad.
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NÚMERO 233
Martes 5 de diciembre de 2023

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ción del convenio, la correcta aplicación de la ayuda y control de las actividades objeto
de ayuda, así como la realización de cualquier otra actuación que proceda de tales actividades.
c) L
 a elaboración de un reglamento que regule la organización y funcionamiento del centro.
d) La presentación de la Programación General Anual y de la memoria final del curso.
e) C
 omunicar a la Secretaría General de Educación de la Consejería de Educación, Ciencia
y Formación Profesional cualquier circunstancia que afecte al normal desarrollo de la
prestación del servicio.
Octava. Control y seguimiento.
Sin perjuicio de lo anterior, la Junta de Extremadura a través de la Consejería de Educación,
Ciencia y Formación Profesional podrá, en cualquier momento, realizar funciones de control
y seguimiento del objeto del convenio, inspeccionando con la frecuencia que se determine
procedente la escuela infantil.
Novena. Publicidad.
1. E
 l Ayuntamiento de Arroyo de la Luz se compromete a que en todas las actuaciones que
se lleven a cabo en la escuela infantil se haga constar expresamente que la titularidad de
esta es de la Junta de Extremadura, si bien el uso, gestión y mantenimiento del centro
corresponde al Ayuntamiento mediante concesión del servicio.
Asimismo, y en virtud de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativo a la publicidad
de las subvenciones concedidas, y en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas
adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura,
los beneficiarios de ayudas concedidas por la Junta de Extremadura, entre las que se encuentra cualquier ente de derecho público o privado con el que la Junta de Extremadura
colabore financiando proyectos conjuntos en el marco de los convenios de colaboración
suscritos al efecto, deberán adoptar las medidas de identificación, información y publicidad
de las inversiones financiadas por la Junta de Extremadura, contenidas en el artículo 3 del
Decreto 50/2001, y con las características y especificidades recogidas en el Anexo Técnico
del mencionado Decreto.
2. L
 a presente subvención será objeto de publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Portal de subvenciones de la Comunidad Autónoma, de conformidad con
lo establecido en los artículos 20.8. b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y 17 de la