Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064091)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Puesta en riego de 22,26 ha de viña y olivar en el polígono 188 parcela 12 y polígono 189 parcela 21", a ubicar en el término municipal de Badajoz, promovido por Antonio María López Prieto. Expte.: IA23/0592.
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NÚMERO 233
Martes 5 de diciembre de 2023



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3.2.2 Alternativas de ubicación.

El documento ambiental plantea alternativas de ubicación a la seleccionada, cambio de
actividad o mantener los cultivos tradicionales en secano.
Finalmente, la alternativa seleccionada para la instalación de la puesta en riego de las
22,26 ha de viña y olivar para mejorar técnica de la explotación, mejora de producción
y viabilidad económica.
3.3. Características del potencial impacto.


3.3.1. Red Natura 2000 y Áreas Protegidas.

El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la DGS indica que la
actividad no se encuentra incluida dentro de espacios de la Red Natura 2000 ni de otras
Áreas Protegidas de Extremadura.
No existen datos de presencia en la zona de valores naturales reconocidos en la Ley
42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.


3.3.2. Sistema hidrológico y calidad de las aguas.

Parte de la superficie de riego, así como una de las captaciones de aguas subterráneas,
se ubicarían en la zona de policía de tres arroyos tributarios del río Rivillas, los cuales
constituyen el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo
1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas
(TRLA).
Por ello, teniendo en cuenta la posibilidad de afección a los factores ambientales (vegetación, hábitats naturales, fauna, etc.) directa o indirectamente dependientes del
normal comportamiento hidráulico del cauce, desde el órgano ambiental se solicita al
promotor información técnica donde acredite que no se genera una afección hidráulica
significativa y/o la necesidad de adoptar medidas concretas para asegurar la no afección a las aguas superficiales del referido cauce y, por ende, a los factores ambientales
directa o indirectamente dependientes de éste.
La documentación complementaria aportada información técnica de la no afección del
bombeo realizado en el pozo objeto de estudio a los tres arroyos tributarios del río
Rivillas, además de aportar una serie de medidas y recomendaciones, técnicas y constructivas para evitar dicha afección en el caso de que pudiera producirse.