Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064091)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Puesta en riego de 22,26 ha de viña y olivar en el polígono 188 parcela 12 y polígono 189 parcela 21", a ubicar en el término municipal de Badajoz, promovido por Antonio María López Prieto. Expte.: IA23/0592.
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NÚMERO 233
Martes 5 de diciembre de 2023

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RESOLUCIÓN de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto de "Puesta en riego de 22,26 ha de viña y olivar en el polígono
188 parcela 12 y polígono 189 parcela 21", a ubicar en el término municipal
de Badajoz, promovido por Antonio María López Prieto. Expte.: IA23/0592.
(2023064091)

La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de puesta en riego de 22,26 ha de viña y olivar en el polígono 188 parcela 12 y
polígono 189 parcela 21, a ubicar en el término municipal de Badajoz ,promovido por Antonio
María López Prieto, se encuadra en el grupo 1. “Agricultura, silvicultura, acuicultura y ganadería” epígrafe d) “Proyectos de gestión de recursos hídricos para la agricultura” punto 2.º
“Proyectos de transformación a regadío o de avenamiento de terrenos, cuando afecten a una
superficie superior a 10 ha, no incluidos en el anexo IV” del anexo V de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al
proyecto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto
233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de
21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes:
1. Objeto, descripción y localización del proyecto. Promotor y órgano sustantivo.
El proyecto consiste, en la implantación de 22,26 ha de viña y olivar. Se establecerá un
sistema de riego por goteo mediante una concesión de aguas subterráneas.
La superficie a transformar en regadío se corresponde con el polígono 188 parcela 12 y polígono 189 parcelas 21 del término municipal de Badajoz. Dichas parcelas, se abastecerán
a través de dos pozos de sondeo situados en el polígono 188 parcela 12.