Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064096)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de alojamiento de complejo turismo rural "UMA", cuyos promotores son Ernesto Agudiez Sacristán y Clara Calle Conde, en el término municipal de Piornal (Cáceres). Expte.: IA22/1361.
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NÚMERO 233
Martes 5 de diciembre de 2023

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por el complejo rural, así como posibles derrames accidentales. Aplicando las correspondientes medidas, estas afecciones no deberían ser significativas.
— Fauna.
Los efectos sobre la fauna pueden venir derivados de las molestias por la contaminación
acústica, principalmente durante la fase de obras y la contaminación lumínica.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas indica en su informe
que, los valores naturales reconocidos en la zona son, área de nidificación, campeo y
alimentación de especies protegidas asociadas principalmente a los entornos forestales
y de matorral presentes (bosquetes de roble y brezales), no obstante, el proyecto se
ubica cerca del municipio, considerándose que, con la aplicación de las medidas preventivas y correctoras, no es susceptible de causar alteraciones sobre las especies por las
que se han declarado los lugares de la Red Natura 2000 objeto del presente informe, y
que resulta compatible con los planes de protección vigentes de las especies presentes.
— Vegetación.
Durante la fase constructiva, la afección sobre la vegetación natural será mínima teniendo en cuenta que los terrenos afectados se caracterizan por la existencia de afloraciones graníticas y escasa profundidad del suelo dificultando el desarrollo de especies
arbóreas, únicamente existen algunos pies aislados. Asimismo, no se prevé la tala de
vegetación natural. Por otro lado, se ha puesto de manifiesto en el procedimiento de
evaluación de impacto ambiental, que no es previsible que la actividad pueda afectar a
Flora en Peligro de Extinción incluidas en el Anexo I del Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura.
El Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas, considera que el proyecto, con la aplicación de las medidas preventivas y correctoras, no es susceptible de
causar de forma significativa degradaciones sobre los hábitats.
Con el cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras incluidas en este informe, se considera que la actuación es compatible con los valores ambientales del
entorno.
— Paisaje.
La principal afección negativa que se producirá sobre el paisaje será la modificación
puntual de la morfología del área marcada por la actuación, especialmente la zona
donde se realizarán las obras. Sin embargo, el diseño y características constructivas