Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2023064125)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la ampliación del crédito asignado a la convocatoria correspondiente a las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar para el curso 2022/2023, aprobadas mediante Resolución de 5 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convocan las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar para el curso 2022/2023 (DOE núm. 183, de 22 de septiembre).
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NÚMERO 233
Martes 5 de diciembre de 2023

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MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la
ampliación del crédito asignado a la convocatoria correspondiente a las
ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar para el curso
2022/2023, aprobadas mediante Resolución de 5 de septiembre de 2022,
de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se
convocan las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar para
el curso 2022/2023 (DOE núm. 183, de 22 de septiembre). (2023064125)
BDNS(Identif.):649063
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura núm.
183, de 22 de septiembre de 2022, Extracto de la Resolución de 5 de septiembre de 2022,
de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa por la que se convocan las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar, para el curso 2022/2023, cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es)
En relación con el procedimiento de concesión directa, mediante convocatoria abierta se establece, en el artículo 29.3 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que en las convocatorias se determinarán las aplicaciones,
proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el periodo de
vigencia de la convocatoria, las cuales podrán ampliarse en función de las disponibilidades
presupuestarias.
El artículo 39.4 del mismo texto legal indica el procedimiento que debe seguirse en la tramitación presupuestaria para las variaciones que puedan producirse respecto a los proyectos de
gastos o aplicaciones presupuestarias, o cuantías previstas inicialmente en las convocatorias
abiertas por concesión directa. Dicho procedimiento exigirá la modificación previa del expediente de gasto, previo informe de la Intervención General, y la publicación en el Diario Oficial
de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del
órgano competente para la aprobación de la convocatoria en el que se recojan, de acuerdo
con la modificación producida, como quedarían los créditos totales de la convocatoria distribuidos por proyecto y aplicaciones presupuestarias.
En virtud de la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de
respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos,
se modifica la Ley 1/2008, de 22 de mayo, de creación de Entidades Públicas de la Junta de
Extremadura, estableciendo en la redacción de su artículo 12 dedicado a los fines del Ente
Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios que, la concesión, gestión, re-