Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Avifauna. Ayudas. (2023081777)
Anuncio de 30 de noviembre de 2023 sobre notificación por publicación del requerimiento de subsanación del procedimiento de justificación y pago de las ayudas concedidas para la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna en la convocatoria establecida en la disposición adicional segunda del Decreto 35/2022, de 6 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a la corrección de línea eléctricas peligrosas para la avifauna en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 233
Martes 5 de diciembre de 2023

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modelo y marca del aislador polimerico instalado. Se reitera que el cumplimiento de las distancias
mínimas de seguridad es obligatorio para garantizar la adecuación del apoyo a las prescripciones
técnicas establecidas en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto y en la Recomendaciones Técnicas
del Ministerio para la Transción Ecológica y el Reto Demográfico. Igualmente, se constata que este
apoyo no presenta la medida preventiva y correctora especificada en el apartado 1.e. del Informe de
Afección a Red Natura 2000 y sobre Biodiversidad ya que las grapas en suspension no estan recubiertas
de sus correspondientes piezas preformadas.
4.c.6) El estado de ejecución de las actuaciones subvencionadas conlleva una desviaciones en el
presupuesto aprobado que no han sido remitidas.
5.b.- El cartel inclumple las condiciones de adecuada publicidad respecto al origen de la financiación
(ver anexo II de especificaciones gráficas):
- El nombre de la Consejería debe ir en una sola línea.
- En relación al contenido mínimo, falta mención obligada al proyecto C4.I2 PRTR
- Se ha empleado Emblema UE azul monocromático en lugar de a color
5.c.- La fotografía aportada está cortada y no puede comprobarse que el tamaño del texto "Junta de
Extremadura" no es mayor que el Emblema UE (ver anexo II de especificaciones gráficas).
8.c.- Aporta una acreditación bancaria provisional y no válida sin una autetificación explicita de la
entidad bancaria.
NIF: B82846817
Nº EXPEDIENTE: CN0048/22/SUB
INCIDENCIAS: 1.b, 2.a, 4.c.4)iii, 4.c.4)iv, 4.c.4)v, 4.c.6), 5.a,7.b, 8.c, 10.a, 10.c., 11.a
OBSERVACIONES:
4.c.6).- Se han detectado desviaciones con respecto al presupuesto aprobado que no han sido
especificadas. Se hace reseñar que, en virtud del artículo 6 del Decreto 35/2022, de 6 de abril, el
importe de la ayuda concedida suponía el 75% del importe subvencionable (por tratarse de una línea
eléctricas titularidad de una empresa con la consideración de distribuidora eléctrica). Es por ello por
lo que, para que el importe de la ayuda quede plenamente justificado, las acreditaciones tanto del
gasto como del pago deberán aludir a la totalidad del presupuesto aprobado.
7.b.- El justificante de gasto aportado no cumple las especificaciones establecidas en el artículo
20.3.d)2º del Decreto 35/20222, de 6 de abril ya que no incluye mediciones ni unidades del servicio
prestado.
8.c.- El documento aportado por el beneficiario no justifica el abono de ninguna factura y por tanto,
ningún gasto realizado.
NIF: A78514726
Nº EXPEDIENTE: CN0051/22/SUB
INCIDENCIAS: 2.b, 2.c, 7.a, 8.c, 4.c.4)iii, 4.c.4)iv, 4.c.4)v, 5.b, 10.a, 10.c, 11.b
OBSERVACIONES:
5.b.- El cartel inclumple las condiciones de adecuada publicidad respecto al origen de la financiación
(ver anexo II de especificaciones gráficas):