Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Avifauna. Ayudas. (2023081777)
Anuncio de 30 de noviembre de 2023 sobre notificación por publicación del requerimiento de subsanación del procedimiento de justificación y pago de las ayudas concedidas para la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna en la convocatoria establecida en la disposición adicional segunda del Decreto 35/2022, de 6 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a la corrección de línea eléctricas peligrosas para la avifauna en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 233
Martes 5 de diciembre de 2023

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utilizando los sistemas de clasificación disponibles para los residuos de la construcción y la
demolición.
La actuación/proyecto apoyará el objetivo europeo de garantizar que al menos el 70% (en peso) de
los residuos de construcción y demolición no peligrosos (excluyendo el material natural mencionado
en la categoría 17 05 04 en la Lista europea de residuos establecida por la Decisión 2000/532/EC)
generados en el sitio de construcción está preparado para su reutilización, reciclaje y recuperación
de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos para sustituir otros
materiales, de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de gestión de residuos de
construcción y demolición de la UE.

En relación a la prevención y el control de la contaminación a la atmósfera, el agua o el suelo:
- Tomar medidas para reducir el ruido, el polvo y las emisiones contaminantes durante los trabajos de
construcción o mantenimiento.
Biodiversidad:
- Señalar si las nuevas actividades de construcción se llevarán a cabo en o cerca de áreas sensibles para
la biodiversidad.
- Señalar si las actividades pueden suponer un deterioro para el estado de conservación de hábitats y
especies. En caso afirmativo, se requerirá el cumplimiento de los artículos 6 y 12 de la Directiva de
hábitats y el artículo 5 de la Directiva de aves. (Esto se justifica mediante la evaluación realizada en
el Informe de Afección a Red Natura 2000).
- Señalar si se llevará a cabo una Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) o un cribado, de acuerdo con
la Directiva EIA y adoptar las medidas mitigadoras resultado de dicha evaluación.

Teniendo en cuenta las indicaciones de la Guía Técnica de la Comisión Europea sobre la aplicación del
principio de «no causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia y de la Guía Técnica DNSH, y dado que estos documentos no contienen un análisis
particular sobre proyectos de corrección de tendidos, tras realizar un análisis técnico preliminar de las
necesidades de este tipo de proyectos, se consideran aplicables los siguientes condicionantes:
- Aplicar los objetivos de la Directiva Marco del Agua [Esto se refiere a evitar operaciones innecesarias y
ocupaciones o tránsito sobre los cursos y masas de agua cuando haya alternativas, adoptar medidas para
evitar su contaminación, y contar con las autorizaciones del órgano de cuenca correspondiente en el
caso de actuaciones en zona de dominio público hidráulico, zona de servidumbre y zona de policía]
- Legislación aplicable prevista en materia ambiental:
- Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
- Real Decreto 665/2023, de 18 de julio, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público
Hidráulico (RDPH), aprobado por Real Decreto 849/1986, de 11 de abril y otros.
- Orden del Plan INFOEX correspondiente [según fecha de ejecución de los trabajos]
- Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula la realización de determinadas actuaciones
forestales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los Registros de Cooperativas,
Empresas e Industrias Forestales y de Montes Protectores de Extremadura. [en el caso de podas o cortas
de arbolado]
- Minimizar las cortas de arbolado autóctono.
- Minimizar y evitar ocupaciones sobre las masas de agua naturales, así como transformaciones en sus
orillas y orlas de vegetación natural.
- No emplear herbicidas.
- Gestionar los residuos vegetales procedentes de podas y desbroces mediante incorporación al terreno,
cuando sea posible, y no mediante quema o su transporte a otro lugar.
3.

El organismo competente para mostrar su conformidad final con las actuaciones es la Comisión Europea, por
lo que se recomienda:
a. Realizar una justificación ajustada a la casuística de cada proyecto tanto en fase de diseño como en el
replanteo definitivo y la ejecución de las actuaciones.
b. Explicar y detallar todas las medidas adoptadas y consideraciones que ayuden a justificar que el
proyecto se ha ejecutado conforme al principio DNSH. La autoevaluación ha de reflejar el correcto
cumplimiento de los condicionantes DNSH que resulten aplicables a cada proyecto, o una explicación
de por qué no resultan aplicables.
c. Aportar todos los métodos de prueba de los que pueda disponerse (fotografías, certificados, informes,
autorizaciones, referencias de números de expedientes, etc.).