Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Avifauna. Ayudas. (2023081777)
Anuncio de 30 de noviembre de 2023 sobre notificación por publicación del requerimiento de subsanación del procedimiento de justificación y pago de las ayudas concedidas para la corrección de líneas eléctricas peligrosas para la avifauna en la convocatoria establecida en la disposición adicional segunda del Decreto 35/2022, de 6 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas destinadas a la corrección de línea eléctricas peligrosas para la avifauna en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 233
Martes 5 de diciembre de 2023

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INCIDENCIAS: 1.a, 2.b, 2.c, 4.b, 5.c, 6.a, 7.b, 10.a, 10.c, 11.b
OBSERVACIONES:
5.c - Debe acreditarse que el cartel se encuentra instalado en la zona de actuación.
7.b.- El justificante de gasto aportado no cumple las especificaciones establecidas en el artículo
20.3.d)2º del Decreto 35/20222, de 6 de abril ya que no incluye mediciones ni unidades del servicio
prestado.
11.b.- Se debe cumplimentar de nuevo el cuestionario empleando el formulario vacío disponsible en
el anexo IV (instrucciones en anexo V), dado que:
- La redacción del texto que venía a modo de ejemplo en el formulario no se ha adaptado de manera
específica al proyecto. La información suministrada no se adecúa a la realidad del proyecto, y las
medidas concretas adoptadas no se encuentran lo suficientemente explicadas. Por ejemplo:
- En relación al objetivo 4 Economía Circular se indican que se separan los RCDs generados y que se
aporta certificado. Sin embargo, no se aporta el certificado del gestor de residuos indicado, ni se indica
la empresa encargada de la gestión de los residuos, solo la empresa instaladora. Debe indicarse cómo
se ha llevado a cabo la gestión de los residuos generados, aunque se trate de residuos no peligrosos,
incluso aunque no se trate de RCDs.
- Algunos de los planes de recuperación y conservación que se citan no son aplicables en la zona de
actuación.
- Se hace referencia al cumplimiento del condicionado del Informe de Impacto Ambiental, cuando debe
indicarse que el proyecto no está sometido.
- Se hace referencia al cumplimiento del condicionado de la autorización del órgano de cuenca, si se
cuenta con el debe adjuntarse copia o citar referencia si se cuenta con ésta. Si no ha sido necesaria,
debe indicarse.
- No se indica si ha sido o no necesaria la eliminación de vegetación (cortas, podas…), si se han
tramitado las correspondientes declaraciones y autorizaciones, y cómo se han gestionado los restos
vegetales.