Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2023064043)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Industria Alimentaria. Fábrica de aderezo y balsas de evaporación, cuya promotora es Aceitunas Aguedo, SL, en el término municipal de La Albuera". Expte.: IA23/0071.
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NÚMERO 231
Viernes 1 de diciembre de 2023



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— En caso de realización de captaciones de aguas públicas, deberán disponer de la
correspondiente autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadiana que garantice el abastecimiento.



— Queda prohibido, con carácter general, el vertido directo o indirecto de aguas y
productos residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier
otro elemento del dominio público hidráulico, salvo que cuente con la previa autorización administrativa de la Confederación Hidrográfica del Guadiana.

d. M
 edidas correctoras a aplicar al final de la actividad


— Al final de la actividad productiva, se procederá al derribo de las construcciones,
al desmantelamiento de las instalaciones y al relleno de las fosas. El objetivo de la
restauración será que los terrenos recuperen su aptitud agrícola original, demoliendo
adecuadamente las instalaciones, y retirando los residuos a gestor autorizado.



— Si una vez finalizada la actividad se pretendiera adaptar las instalaciones para otro
uso distinto, éstas deberán adecuarse al nuevo uso. Dicha modificación deberá contar con todos los informes y autorizaciones exigibles en su caso.

e. Programa de vigilancia y seguimiento ambiental.


— La promotora deberá disponer de un programa de vigilancia ambiental que deberá
contener, al menos, un informe anual sobre el seguimiento de las medidas incluidas
en el informe de impacto ambiental.



— En base al resultado de estos informes se podrán exigir medidas correctoras suplementarias para corregir las posibles deficiencias detectadas, así como otros aspectos
relacionados con el seguimiento ambiental no recogidos inicialmente.

Teniendo en cuenta todo ello, así como la no afección del proyecto a espacios de la Red Natura
2000, se informa que, de acuerdo con la evaluación de impacto ambiental simplificada practicada conforme a lo previsto en la subsección 2.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título
I, tras el análisis realizado con los criterios del anexo X de la Ley 16/2015, de 23 de abril,
de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, no es previsible que
el proyecto “Industria alimentaria. Fábrica de aderezo y balsas de evaporación, promovida
por Aceitunas Aguedo, SL, en el término municipal de La Albuera” vaya a producir impactos
adversos significativos sobre el medio ambiente y, por tanto, no se considera necesario su
sometimiento al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria.
El informe de impacto ambiental perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos
que le son propios si, una vez publicado en el Diario Oficial de Extremadura, no se hubiera
procedido a la autorización del proyecto en el plazo de cinco años desde su publicación.