Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2023064044)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, de la autorización ambiental unificada para el proyecto de explotación porcina, promovida por Encinares de Usagre, SL, en el término municipal de Usagre.
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NÚMERO 231
Viernes 1 de diciembre de 2023



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b) Cubrir las balsas de estiércoles, en las zonas en que no se forme de manera espontánea costra que cubra totalmente la superficie, con técnicas que reduzcan
las emisiones de gases contaminantes al menos en un 40% con respecto a la
referencia de balsa sin costra.

Cualquier otra técnica, descrita como mejor técnica disponible, que garantice
una reducción de emisiones de gases contaminantes equivalente a la alcanzada
mediante las técnicas descritas en los apartados a) o b), y que contribuya a minimizar las emisiones de gases de efecto invernadero de la granja.


–E
 n el caso de las fosas de nueva ejecución y para reducir las emisiones de amoniaco
a la atmósfera durante el almacenamiento exterior del purín, así como las emisiones
de gases de efecto invernadero, deberán adoptar técnicas que reduzcan, al menos,
un 80% las emisiones de amoniaco con respecto a la técnica de referencia (fosas
abiertas y sin costra natural).
- d - Emisiones contaminantes al suelo y a las aguas subterráneas.

1. E
 l ganado porcino estará en todo momento en las naves de secuestro y corrales de manejo
autorizados, ubicadas en la parcela 11 del polígono 14 del término municipal de Usa­gre
(Badajoz), no pudiendo permanecer fuera de las mismas. Estas naves son las indicadas en
el anexo I de la presente resolución. Todas las instalaciones serán permanentes.
2. N
 o se permitirá la construcción o formación de balsas o fosas para la recogida de aguas de
limpieza, deyecciones o cualquier otra agua residual procedentes de las naves de secuestro, distintas de la descrita en el apartado a.2).
3. Q
 uincenalmente se procederá a la retirada de deyecciones y limpieza de suelos, comederos
y bebederos. No obstante, al final de cada ciclo se realizarán vaciados sanitarios de las
instalaciones que albergan los animales.
4. L
 os vestuarios del personal de la explotación se ubicarán antes de la zona de producción,
con una separación clara entre la zona sucia y la zona limpia. Deberán contar con medios
suficientes para el lavado de las manos, así como váter, ducha o equivalente. Deberán
disponer de un sistema de saneamiento independiente, para las aguas generadas en los
mismos, que terminará en una fosa estanca e impermeable, con capacidad suficiente. A los
efectos de proteger adecuadamente la calidad de las aguas que conforman el Dominio Público Hidráulico (DPH), habrá de observarse el cumplimiento de las siguientes prescripciones:
— El depósito para almacenamiento de aguas residuales se ubicará a más de 100 metros
del DPH.