Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2023064011)
Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y Pilar Coslado Santibáñez, para el ciclo formativo de Grado Superior en Administración y Finanzas del IES San José de Badajoz.
8 páginas totales
Página
NÚMERO 229
Miércoles 29 de noviembre de 2023

60490

CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE LA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y PILAR
COSLADO SANTIBÁÑEZ, PARA EL CICLO FORMATIVO DE GRADO SUPERIOR
EN ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL IES SAN JOSÉ DE BADAJOZ
Mérida, 17 de noviembre de 2023.
REUNIDOS
De una parte, la Ilma. Sra. Doña María del Pilar Pérez García, Secretaria General de Educación
y Formación Profesional de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la
Junta de Extremadura, cargo para la que fue nombrada por Decreto 160/2023, de 2 de agosto
(DOE núm. 149 de 3 de agosto), actuando por suplencia de la persona titular de la Secretaría
General por Resolución de 6 de noviembre de 2023 publicada en el DOE núm. 214, de 8 de
noviembre, y en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 9 de agosto de
2023, de la Consejera (DOE núm. 156, de 14 de agosto), en representación de la Consejería
de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
Y de otra, la empresa Pilar Coslado Santibáñez, con CIF ***5002** y domicilio en Paseo
Fluvial, 15 Edif. Badajoz Siglo XXI, Planta 10, código postal 06011 Badajoz, Badajoz, con
teléfono de contacto ____________, correo electrónico ____________ y Doña Pilar Coslado
Santibáñez, como representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Q
 ue el objetivo del presente Convenio entre las entidades a las que representan para el
desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema educativo.
2. Q
 ue el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Q
 ue el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la Formación Profesional
Dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.