Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Eléctrica. (2023063998)
Resolución de 21 de noviembre de 2023, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Ampliación de la LAMT 3144-22-"Finalima" de la ST "Casatejada", de 20 kV, para cierre eléctrico entre los apoyos 1238 y 1106 de la misma, en el término municipal de Serrejón (Cáceres)". Expte.: AT-9352.
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NÚMERO 228
Martes 28 de noviembre de 2023

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queológicos, paleontológicos o elementos etnográficos que pudieran localizarse a tenor
de estos trabajos, siguiendo los criterios metodológicos estipulados a tales efectos. La
finalidad de estas actuaciones previas será determinar con el mayor rigor posible la
afección del proyecto respecto a los elementos patrimoniales detectados.
Una vez realizada esta prospección arqueológica será remitido informe técnico preceptivo a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural con copia, en
su caso, al organismo que tuviera delegada esas competencias en función del ámbito
de actuación de la actividad. En el caso de que estos trabajos confirmaran la existencia
de restos arqueológicos que pudieran verse afectados por las actuaciones derivadas del
proyecto de referencia, el informe incluirá obligatoriamente una primera aproximación
cronocultural de los restos localizados y se definirá la extensión máxima del yacimiento
en superficie.
Una vez recibido el informe señalado en el apartado anterior, se cursará, si procede, visita de evaluación con carácter previo y con posterioridad se emitirá el preceptivo documento de viabilidad con indicación de los criterios técnicos y metodológicos que deberán
adoptarse por la promotora para el correcto desarrollo de la actividad propuesta.
— Una vez finalizados los trabajos, se procederá a restituir la totalidad de los terrenos
afectados por las obras, especialmente en zanjas o si se generan taludes, así como sus
zonas e infraestructuras anexas, debiendo adoptar medidas de integración al respecto,
y evitando la aparición de fenómenos erosivos o pérdidas de suelo. No deberán quedar
bajo ningún concepto acúmulos de materiales, como hormigón, tierras, etc.
— Serán de aplicación además todas aquellas medidas propuestas en el Programa de vigilancia ambiental, siempre y cuando no sean contrarias a las establecidas en el presente
informe de impacto ambiental.
— En todo lo no previsto en el presente informe, serán igualmente de aplicación cualesquiera otras medidas de protección o condiciones establecidas en los informes o autorizaciones correspondientes a otros organismos oficiales que deban obrar en su poder y
cuyo ámbito de aplicación sea la Comunidad Autónoma de Extremadura.
5. P
 rograma de vigilancia ambiental.
— Se realizará una labor de seguimiento ambiental de la obra, en la que se verificará la adecuada aplicación de las medidas protectoras, correctoras y compensatorias propuestas.
— La actividad será sometida a inspección, vigilancia y control a efectos de comprobar que
se realice según las condiciones recogidas en este informe, a fin de analizar, determinar