Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Ceses. Nombramientos. (2023050211)
Orden de 16 de noviembre de 2023 por la que se cesa y nombra miembros del Consejo Social de la Universidad de Extremadura en representación de la Comunidad Universitaria como representante de personal de administración y servicios.
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NÚMERO 228
Martes 28 de noviembre de 2023

II

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AUTORIDADES Y PERSONAL
1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL

ORDEN de 16 de noviembre de 2023 por la que se cesa y nombra miembros
del Consejo Social de la Universidad de Extremadura en representación de la
Comunidad Universitaria como representante de personal de administración
y servicios. (2023050211)
El artículo 10.1.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en
redacción dada por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, atribuye a la Comunidad Autónoma
de Extremadura la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación,
en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
Por Real Decreto 634/1995, de 21 de abril, se traspasan funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de Universidades. Estas competencias se atribuyen a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación
Profesional por Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la
denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la
Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 140, de 21 de julio de 2023). Establece el
citado decreto que la Consejería ejercerá las competencias en materia de política educativa
y formación profesional, las de política universitaria, las de ciencia, tecnología e innovación.
La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, regula el Consejo Social
de la Universidad en su artículo 47, definiéndolo como órgano de participación y representación de la sociedad, un espacio de colaboración y rendición de cuentas en el que se interrelacionan con la universidad las instituciones, las organizaciones sociales y el tejido productivo.
Señala la exposición de motivos, así como el artículo primero de la Ley 1/2010, de 7 de enero,
del Consejo Social que “El Consejo Social, como órgano de participación de la sociedad en la
Universidad, debe ejercer como elemento de interrelación entre ambas, buscando la mayor
calidad de la enseñanza y la investigación universitarias y la intensificación de las relaciones
de los ámbitos culturales, profesionales, económicos, empresariales y sociales de la sociedad
extremeña con el quehacer universitario. Para el cumplimiento de estas funciones se establece una composición del Consejo integradora, con una representación ponderada y equitativa
de los intereses sociales implicados en la Universidad que permita un funcionamiento opera-